PATRICIO EDUARDO FIGUEROA RODRIGUEZ C/ EDUARDO ANDRÉS BERNAL VILLABLANCA
Rol
O-2471-2018
Fecha
5 de octubre de 2021
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 23 de enero de 2018, alrededor de las 16:00 horas, la víctima PATRICIO EDUARDO FIGUEROA RODRIGUEZ estando en su domicilio particular ubicado en Pasaje El Estrecho Nº 2004 en la comuna de Peñalolén, contactó mediante la página de red social Facebook al requerido EDUARDO ANDRES BERNAL VILLABLANCA a fin de concretar la compra de un 01 teléfono celular marca Apple, modelo IPhone 6S Plus, color dorado, especie que éste ofrecía y que mediante engaño y maniobras con apariencia de seriedad propias del comercio, logró que la víctima creyera como efectivas, efectuándole la éste un depósito por la suma de $145.000 (ciento cuarenta y cinco mil pesos) en su cuenta corriente del Banco de Chile N° 229714125, sin que a la fecha el requerido haya hecho entrega de la especie ofertada. Delito y grado de desarrollo Estafa, descrito y sancionado en el Art. 473 del Código Penal / consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don EDUARDO ANDRÉS BERNAL VILLABLANCA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de ESTAFA, descrito y sancionado en el Art. 473 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 23 de enero de 2018, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. VDZWXKWQX VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 13/10/2021 08:21:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano esta
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don EDUARDO ANDRÉS BERNAL VILLABLANCA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de ESTAFA, descrito y sancionado en el Art. 473 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 23 de enero de 2018, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. VDZWXKWQX VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 13/10/2021 08:21:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-13T08:21:47-0300 Corte Suprema VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1800112475-3 RIT : 2471 - 2018 IMPUTADO : EDUARDO ANDRÉS BERNAL VILLABLANCA Cédula de Identidad : 0018256771-K Fecha de nacimiento : 20/10/1992 Domicilio : Calle Tulahuen Nº 0485, Quilicura. PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : cinco de octubre de dos mil veintiuno JUEZ : VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Hechos El día 2
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