8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ HÉCTOR ANDRÉS CONCHA CONCHA

Rol

O-7551-2020

Fecha

4 de octubre de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Garantía se llevó a efecto juicio en contra de CARLOS JOSÉ PIZARRO JIMÉNEZ, 33 años, C.I. N° 0016923592-9, domiciliado en Calle CUADRO VERDE 4301 CASA Nº L, Macul. El Ministerio Público estuvo representado por la señora fiscal doña Ximena Derviniadis. La defensa del requerido estuvo a cargo de la defensora doña María Paz Bahamondez, de la Defensoría Penal Pública.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Requerimiento: Que el Ministerio Público fundó su requerimiento en los siguientes términos: Se señaló como hechos los siguientes: “El Jefe de la Defensa Nacional para la Región Metropolitana, en virtud de las facultades otorgadas por Decreto Supremo N° 104 de fecha 18 de marzo de 2020, emitido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, con el objeto de prevenir contagios del Nuevo Coronavirus 2019 o COVID-19, Estado de Excepción que ha sido renovado y se mantiene vigente en el territorio nacional, dada la alerta Sanitaria decretada por Decreto N° 4 de fecha 05 de enero 2020 del Ministerio de Salud, entre otras medidas, resolvió Prohibición horaria o Toque de Queda, como medida de aislamiento de los habitantes de la República , entre las 22:00 horas del día 22 de marzo de 2020 hasta las 05:00 horas del día 23 de marzo de 2020 y así sucesivamente hasta que se deje sin efecto siendo modificado el horario de toque de queda por Resolución Exenta de Salud Nº 693 de 19 de agosto de 2020, que fijó el horario de la señalada prohibición o toque de queda estableciéndolo entre las 23:00 horas y las 05:00 horas a partir de la 21 de agosto de 2020 y Resolución Nº2 de 22 de marzo de 2020 del Jefe de la defensa Nacional de la Región Metropolitana. En el contexto antes referido el día 25 de septiembre de 2020, a las 02:30.- horas los imputados Héctor Andrés Concha Concha y Carlos José Pizarro Jiménez, incumpliendo el horario de aislamiento que regía en el territorio nacional a esa fecha , careciendo de salvoconducto o permiso que los autorizara a transitar por la vía pública, y previamente concertados para sustraer especies, se trasladaron hasta el local comercial ubicado en Avenida Américo Vespucio Nº 587 de la comuna de Ñuñoa, poniendo en peligro la salud pública , lugar en donde utilizando un sofá que permanecía en la vía pública en forma vertical, accedieron a una de las ventanas del segundo piso del inmueble referido rompiendo uno de los barrotes de su protección, ingresando por esa vía al interior del local, en donde una vez que XKLRWMXLEE DANIEL EDUARDO ARAVENA PEREZ Juez de garantía Fecha: 04/10/2021 17:30:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl desconectaron el lavaplatos y lo dejaron listo para sacarlo del inmueble, procedieron, mediante el uso de un diablito y otros instrumentos aptos efectuaron un forado a una de las murallas colindantes con el local comercial de Lubricentro y venta de repuestos de automóviles, de nombre de fantasía COLAMI ubicado en Avenida Américo Vespucio

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 del Código Penal; 45, 48, 295, 296, 297, 333, 340, 341, 342, 388, 389, 390, 391 y 396 del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Se absuelve a CARLOS JOSÉ PIZARRO JIMÉNEZ, ya individualizado, del cargo que se le formuló en el requerimiento, de ser autor de los delitos de robo en lugar no habitado y puesta en peligro de la salud pública. II.- Se exime al Ministerio Público del pago de las costas al estimarse que litigó con motivo plausible. En su oportunidad dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y notifíquese. RUC N° 2000983158-5. RIT N° 7551 - 2020. Resolvió don DANIEL EDUARDO ARAVENA PÉREZ, Juez Titular. XKLRWMXLEE DANIEL EDUARDO ARAVENA PEREZ Juez de garantía Fecha: 04/10/2021 17:30:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-04T17:30:28-0300 Corte Suprema DANIEL EDUARDO ARAVENA PEREZ Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°7551 - 2020. Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que ante este Juzgado de Garantía se llevó a efecto juicio en contra de CARLOS JOSÉ PIZARRO JIMÉNEZ, 33 años, C.I. N° 0016923592-9, domiciliado en Calle CUADRO VERDE 4301 CASA Nº L, Macul. El Ministerio Público estuvo representado por la señora fiscal doña Ximena Derviniadis. L

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