TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL PUENTE ALTO

C/ FRANCISCO ANDRÉS CARVAJAL CERECER

Rol

O-77-2019

Fecha

4 de octubre de 2021

Materia

PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS SUJETAS A., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho: “El día 22 de enero de 2017, en horas de la tarde, personal de Carabineros efectuaba un patrullaje por la comuna de Puente Alto, y en calle Weber de dicha comuna sorprenden al imputado FRANCISCO ANDRES CARVAJAL CERECER, con un arma de fuego, huyendo del lugar por distintos pasajes de la Villa Juanita y al ingresar a calle Wagner con dirección al oriente, en la intersección con Pasaje Sibelius, pierde el control del móvil impactando contra un árbol, y desciende del vehículo siendo detenido por personal de Carabineros. Al hacer un registro del vehículo, bajo el asiento delantero lado izquierdo, se encuentra una escopeta, marca Winchester calibre .12, serie L931598, y bajo el asiento del conductor se encontró un revólver marca Famae calibre 32 color negro con 2 vainas en su interior. Además se hace presente que la escopeta KXZRWMXQQF Silvia Edith Jaramillo Cisternas Juez Redactor Fecha: 04/10/2021 21:36:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 14 presenta encargo vigente por el delito de robo en lugar no habitado n° 000059- 12-16 parte N°1348 de fecha 05 de diciembre de 2016 de la Fiscalía de Puente Alto, mientras que el revólver no se encontraba inscrito.” (sic). A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, y del delito de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 9° en relación al artículo 2° de la Ley de Control de Armas N° 17.798, en grado de desarrollo consumado y en calidad de autor. Respecto del acusado no con

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día 29 de octubre de 2021, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituida por los jueces doña Azeneth Aguilar Navarro, en su calidad de juez presidente de sala, doña Esperanza Carmona Araya, como juez integrante, y doña Silvia Jaramillo Cisternas, como juez redactora, se llevó a efecto el Juicio Oral en causa RUC N° 1810001144-8, RIT N° 77-2019, seguido en contra del acusado, FRANCISCO ANDRÉS CARVAJAL CERECER, chileno, cédula nacional de identidad N° 15.891.419-0, 37 años de edad, nacido en Santiago, soltero, comerciante, domiciliado en calle Platón 5597, Villa Sur, comuna de Pedro Aguirre Cerda, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de Rancagua, por causa diversa. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal don Javier Carreño Lavín, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensoría Penal Pública a través de don José Henríquez Muñiz, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación presentada por el Ministerio Público. Que el Ministerio Público, al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: “El día 22 de enero de 2017, en horas de la tarde, personal de Carabineros efectuaba un patrullaje por la comuna de Puente Alto, y en calle Weber de dicha comuna sorprenden al imputado FRANCISCO ANDRES CARVAJAL CERECER, con un arma de fuego, huyendo del lugar por distintos pasajes de la Villa Juanita y al ingresar a calle Wagner con dirección al oriente, en la intersección con Pasaje Sibelius, pierde el control del móvil impactando contra un árbol, y desciende del vehículo siendo detenido por personal de Carabineros. Al hacer un registro del vehículo, bajo el asiento delantero lado izquierdo, se encuentra una escopeta, marca Winchester calibre .12, serie L931598, y bajo el asiento del conductor se encontró un revólver marca Famae calibre 32 color negro con 2 vainas en su interior. Además se hace presente que la escopeta KXZRWMXQQF Silvia Edith Jaramillo Cisternas Juez Redactor Fecha: 04/10/2021 21:36:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 14 presenta encargo vigente por el delito de robo en lugar no habitado n° 000059- 12-16 parte N°1348 de fecha 05 de diciembre de 2016 de la Fiscalía de Puente Alto, mientras que el revólver no se encontraba inscrito.” (sic). A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 4

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14 N°1, 15 N°1, 68 y 69 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 53, 295, 297, 298 y siguientes, 323, 340, 341, 342, 343, 344, y 348 del Código Procesal Penal; y artículos 2, 9 y demás pertinentes de la Ley 17.798, se declara: I.- Que se Absuelve a don FRANCISCO ANDRÉS CARVAJAL CERECER, ya individualizado, de la acusación deducida en su contra, en que se le sindica como autor del delito de Receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, y del delito de Porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso primero de la Ley N° 17.798, en relación con el artículo 2 letra c de la misma ley, que habría acaecido el día 22 de enero de 2017, en la comuna de Puente Alto. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. III.- Que se ordena comunicar al Servicio Electoral la presente sentencia, en atención al tenor del artículo 17 de la Ley 18.556. Una vez ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. Redacción del fallo de la magistrado doña SILVIA JARAMILLO CISTERNAS. RUC 1810001144-8 RIT 77-2019 PRONUNCIADA POR LA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE PUENTE ALTO, INTEGRADA POR LAS JUECES SUBROGANTES DOÑA AZENETH AGUILAR NAVARRO, EN CALIDAD DE PRESIDENTE Y DOÑA ESPERANZA CARMONA ARAYA, COMO TERCER INTEGRANTE, Y

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 14 Puente Alto, cuatro de octubre de dos mil veintiuno VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día 29 de octubre de 2021, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituida por los jueces doña Azeneth Aguilar Navarro, en su calidad de juez presidente de sala, doña Esperanza Carmona Araya, como juez integrante, y doña Silvi

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