VILLURON/SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA
Rol
O-12-2021
Fecha
31 de marzo de 2021
Materia
Costas, Descanso compensatorio, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 53, 55, 58, 73, 162, 168, 420 letra A, 446 a 459, todos del Código del Trabajo SE RESUELVE: I.- Que SE ACOGE la demanda por nulidad del despido interpuesta por don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE y se condena a SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA al pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo que se devenguen entre el día 30 de noviembre de 2020 y hasta que se proceda a convalidad el despido en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo o hasta que registre un nuevo empleador a razón de $528.125 pesos mensuales. II.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado interpuesta por don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE y se condena a SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA al pago de las siguientes sumas: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $528.125 (quinientos veintiocho mil ciento veinticinco pesos). b) Indemnización por 4 años de servicios por $2.112.500 (dos millones ciento doce mil quinientos pesos), aumentada en un 50% por $1.056.250 (un millón cincuenta y seis mil doscientos cincuenta pesos), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 también del Código del Trabajo. III.- Que SE ACOGE la demanda por cobro de prestaciones laborales y previsionales interpuesta por don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE y se condena a SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA al pago de las siguientes sumas: a) Cotizaciones Fonasa $147.876 (ciento cuarenta y siete mil ochocientos setenta y seis pesos). b) Cotizaciones Afp Provida $316.878 (trescientos dieciséis mil ochocientos setenta y ocho pesos). c) Fondo de Cesantía Afc $63.376 (sesenta y tres mil trescientos setenta y seis pesos). d) Feriado proporcional $842.923 (ochocientos cuarenta y dos mil novecientos veintitrés pesos). e) Descansos no pagados $404.852 (cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y dos pesos). IV.- Que las sumas señaladas precedentemente deberán pagarse con todos los reajus
Fundamentos
CONSIDERANDO ESTOS ANTECEDENTES A TRAVES DE VIDEO CONFERENCIA: PRIMERO: Ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó se inició causa RIT O-12-2021, RUC 21-4-0315570-5, en procedimiento de aplicación general compareciendo el demandante don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE, guardia de seguridad, con domicilio en calle Colipi N°660, Copiapó, asistido por sus abogados de la oficina de defensa laboral de Copiapó doña Evelyn Hervia Gutiérrez y don Rene Navarro Albiña, en rebeldía de la demandada principal SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA, del giro y su denominación representada legalmente por don Luis Orlando Duran González, ambos con domicilio en calle Agustinas N° 972, oficina 403, Santiago, Región Metropolitana.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 53, 55, 58, 73, 162, 168, 420 letra A, 446 a 459, todos del Código del Trabajo SE RESUELVE: I.- Que SE ACOGE la demanda por nulidad del despido interpuesta por don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE y se condena a SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA al pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo que se devenguen entre el día 30 de noviembre de 2020 y hasta que se proceda a convalidad el despido en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo o hasta que registre un nuevo empleador a razón de $528.125 pesos mensuales. II.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado interpuesta por don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE y se condena a SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA al pago de las siguientes sumas: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $528.125 (quinientos veintiocho mil ciento veinticinco pesos). b) Indemnización por 4 años de servicios por $2.112.500 (dos millones ciento doce mil quinientos pesos), aumentada en un 50% por $1.056.250 (un millón cincuenta y seis mil doscientos cincuenta pesos), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 también del Código del Trabajo. III.- Que SE ACOGE la demanda por cobro de prestaciones laborales y previsionales interpuesta por don RAFAEL EUGENIO VILLURON URIBE y se condena a SOCIEDAD DE NEGOCIOS MSS LIMITADA al pago de las siguientes sumas: a) Cotizaciones Fonasa $147.876 (ciento cuar
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL FECHA 31 de marzo de 2021 RUC 21-4-0315770-5 RIT O-12-2021 MAGISTRADO JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Erick Lazen Zepeda SALA 2 HORA DE INICIO 10:12 HORA DE TERMINO 10:50 Nº REGISTRO DE AUDIO 2140315770-5-1336 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Rafael Eugenio Villuron Uribe. ABOGADO Rene Navarro
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica