Juzgado de Garantía de Lautaro.

MP C/ LUIS GONZALO ARIAS AMULEF

Rol

O-1593-2021

Fecha

21 de septiembre de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos señalados por el fiscal al interponer la acusación verbal, mismos que se dan por expresamente reproducidos y como parte integrante de esta sentencia, y que tuvieron lugar el día 10 de julio de 2021, en la comuna de Lautaro. A juicio del Ministerio Público, tales hechos constituyen el delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, prescrito y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en grado de FRUSTRADO, y se atribuye responsabilidad al requerido en calidad de AUTOR. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo, la participación y la calificación jurídica de los hechos, respecto de lo cual no ha habido controversia.- QUINTO: Que el Ministerio Público solicita se condene al requerido a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y costas. Que, la Defensa solicita se conceda a su representado la pena sustitutiva de remisión condicional, y que no se lo condene en costas. Pide se reconozca un día de abono a su representado, por la jornada de detención entre el 10 y 11 de julio de 2021. Finalmente, requiere que este tribunal se declare incompetente para conocer de la pena sustitutiva, conforme al artículo 36 de la Ley N° 18.216. Que el Ministerio Publico no se opone a las solicitudes de la Defensa. SEXTO: Que, concurriendo, en la especie, los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, respecto del requerido, se le concederá la pena sustitutiva de remisión condicional, por un año, a cumplir en el Centro de Reinserción Social de Temuco. Se reconocerá al sentenciad

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día de hoy se llevó a efecto audiencia de procedimiento abreviado en esta causa en contra de don LUIS GONZALO ARIAS AMULEF, Cédula de Identidad N° 15845791-1, 37 años, soltero, maestro pintor, domiciliado en calle Lincopichon Nº 1494, comuna de Padre Las Casas, Teléfono 959517028 Atendida la pena solicitada en la acusación verbal por el Fiscal, y la aceptación del imputado, se tuvo por sustituido el procedimiento, y devenida la acusación en requerimiento en procedimiento simplificado SEGUNDO: Que, el requerimiento se basó en los hechos señalados por el fiscal al interponer la acusación verbal, mismos que se dan por expresamente reproducidos y como parte integrante de esta sentencia, y que tuvieron lugar el día 10 de julio de 2021, en la comuna de Lautaro. A juicio del Ministerio Público, tales hechos constituyen el delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, prescrito y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en grado de FRUSTRADO, y se atribuye responsabilidad al requerido en calidad de AUTOR. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo, la participación y la calificación jurídica de los hechos, respecto de lo cual no ha habido controversia.- QUINTO: Que el Ministerio Público solicita se condene al requerido a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y costas. Que, la Defensa solicita se conceda a su representado la pena sustitutiva de remisión condicional, y que no se lo condene en costas. Pide se reconozca un día de abono a su representado, por la jornada de detención entre el 10 y 11 de julio de 2021. Finalmente, requiere que este tribunal se declare incompetente para conocer de la pena sustitutiva, conforme al artículo 36 de la Ley N° 18.216. Que el Ministerio Publico no se opone a las solicitudes de la Defensa. SEXTO: Que, concurriendo, en la especie, los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, respecto del requerido, se le concederá la pena sustitutiva de remisión condicional, por un año, a cumplir en el Centro de Reinserción Social de Temuco. Se reconocerá al sentenciado un día de abono, por la jornada de detención entre el 10 y 11 de julio de 2021. Conforme al artículo 36 inciso 2° de la Ley 18.216, y atendido que el cumplimiento de la pena sustitutiva se realizará en la comuna de Temuco, este tribunal

Fallo

se declarará incompetente para conocer de la pena sustitutiva, ordenando la remisión de los antecedentes al tribunal que se estima competente, que es el Juzgado de Garantía de Temuco SÉPTIMO: Que, se le eximirá del pago de las costas de la causa, atendido que con su admisión ha evitado la realización del juicio propiamente tal. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 30, 51, 67, 442 del Código Penal, artículos 3 y siguientes y 36 de la Ley 18.216, y 395 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: HJJCWLGFXV Eduardo Antonio Perez Yanez Juez de garantía Fecha: 03/10/2021 23:20:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que, se condena a LUIS GONZALO ARIAS AMULEF, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de Robo en Lugar No Habitado, en grado de frustrado, perpetrado el día 10 de julio de 2021, en la comuna de Lautaro, a las siguientes penas: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Que, se sustituye la pena privativa de libertad por

Texto Completo (Preview)

RUC : 2110031998-2 RIT : 1593 – 2021 MATERIA : ROBO EN LUGAR NO HABITADO FRUSTRADO IMPUTADO : LUIS GONZALO ARIAS AMULEF RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Lautaro, veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día de hoy se llevó a efecto audiencia de procedimiento abreviado en esta causa en contra de don LUIS GON

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica