C/ BASTIÁN RODRIGO SOTO LÓPEZ
Rol
O-4836-2021
Fecha
4 de octubre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de BASTIÁN RODRIGO SOTO LÓPEZ, 24 años, C.I. N° 0019560049-K, domiciliado en Pasaje Peñuelas Nº 02003, comuna de Puente Alto, a quien se atribuye participación de autor en delitos reiterados de robo en lugar habitado. El Ministerio Público fundó su acusación en los siguientes hechos: “El 27 de Mayo de 2021 alrededor de las 21.00 horas el imputado concurrió hasta el edificio ubicado en calle Juan Crisosto Jacques N°2281 de la comuna de Providencia, donde con el ánimo de sustraer especies forzó la puerta del departamento N°706 de la víctima Víctor Mauricio Donoso Cristóbal para ingresar, no concretándolo; posteriormente forzó la chapa del departamento del mismo piso 7, N°706 perteneciente a la víctima Alberto Andrés Zúñiga Hertz, al que tampoco ingresó al percatarse de la existencia de personas en su interior y de la llegada del ascensor a dicho piso, para posteriormente dirigirse al departamento N°1003 del piso 10 perteneciente al padre de Matías Alderete Leiva y forzar la puerta de acceso rompiendo el cilindro de chapa para ingresar y apropiarse de diferentes especies correspondientes a un notebook HP que mantenía dentro de la mochila de su propiedad en la que se encontró un desatornillador y que mantenía en una de las habitaciones, encontrándose al acusado oculto en el balcón del departamento y hallándose al momento de su detención entre sus vestimentas una llave correspondiente a un vehículo marca Citroën de propiedad del dueño del departamento 1003”. A juicio del Ministerio Público los hechos antes descritos configuran el delito reiterado de Robo en Lugar Habitado o Destinado a la Habitación, previsto y sancionado en los artículos 440 N°1 del Código Penal, en relación con el artículo 432, 449 y 450 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo tentado y frustrado, respectivamente, en los que ha participado en calidad de autor. EL Ministerio Público soli
Fundamentos
considerando lo dispuesto en el artículo 450 del Código Penal, se tiene en cuenta que los tres delitos tienen asignada la misma sanción, de presidio mayor en su grado mínimo, por lo que al determinar la sanción de cualquiera de ellos, debe considerarse que no concurren XXQFWLHSYW DANIEL EDUARDO ARAVENA PEREZ Juez de garantía Fecha: 04/10/2021 08:52:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl circunstancias modificatorias de responsabilidad y el marco penal es el mismo señalado. Luego, como consecuencia de la reiteración, debe aumentarse la pena en un grado (teniendo en cuenta el número de delitos), quedado en presidio mayor en su grado medio. Sin embargo, al hacer uso el Ministerio Público de la facultad conferida por la norma del artículo 407 del Código Procesal Penal -que le permite solicitar una pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley- resulta procedente la sanción en el quantum solicitado y no pudiendo el sentenciador, en este procedimiento, aplicar una pena superior o más grave que la requerida. Al no concurrir las exigencias legales, no se sustituirá la pena privativa de libertad.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 28, 50, 67, 432, 436 inciso primero y 449 del Código Penal; 348, 351, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 17 de la Ley 19.970, se declara que: I.- Se condena a BASTIÁN RODRIGO SOTO LÓPEZ, como autor de tres delitos de robo en lugar habitado, en grado de tentativa y frustración, cometidos en jurisdicción de este Tribunal el día 27 de mayo de 2021, a la pena única de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el comiso de las especies incautadas, correspondientes a una mochila y un destornillador. Además, se ordena determinar la huella genética del sentenciado a fin de incorporarla en el registro que establece la Ley 19.970. II.- Al no concurrir las exigencias legales, no se sustituye la pena privativa de libertad debiendo ser cumplida de manera efectiva por parte del sentenciado, una vez que esta sentencia se encuentre ejecutoriada, sirviéndole de abono el período de tiempo que ha estado privado de libertad en la causa, desde el día 27 de mayo de 2021 y hasta la fecha de esta sentencia, de manera ininterrumpida y que corresponden a 130 días. III.- Se exime al condenado del pago de las costas, toda vez que aceptó el procedimiento abreviado con el consiguiente a
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8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N° 4836-2021 Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de BASTIÁN RODRIGO SOTO LÓPEZ, 24 años, C.I. N° 0019560049-K, domiciliado en Pasaje Peñuelas Nº 02003, comuna de Puente Alto, a quien se atribuye participación de autor en delitos rei
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