4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ DARCIO ESTEBAN MÉNDEZ CAPOT

Rol

O-253-2021

Fecha

2 de octubre de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que el día veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno, ante la Sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los jueces señora María Alejandra Cuadra Galarce, quien lo presidió, don Bernardo Ramos Pavlov, y don José Ramón Flores Ramírez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en los autos RIT N º 253-2021, por el delito de hurto, en contra de DARCIO ESTEBAN MÉNDEZ CAPOT, 33 años de edad, nacido el día 29 de abril de 1998, cédula nacional de identidad número 16.810.046-9, soltero, supervisor de empresa de aseo, cuarto medio rendido, domiciliado en calle Los Suspiros Nº 2783 de la comuna de Quinta Normal, representado por el defensor Penal Público don Iván Montenegro Ríos. Fue parte acusadora el Ministerio Público representado por el fiscal don Hugo Saldías Donoso. SEGUNDO: Acusación. Que la acusación del Ministerio Público fue del siguiente tenor: Los Hechos: El día 06 de septiembre de 2019, aproximadamente 12:45 horas, el imputado DARCIO ESTEBAN MÉNDEZ CAPOT recogió a la víctima Isaac Hengelberth Ficher Catil, en la intersección de calles Carrascal y Augusto Matte en la comuna de Quinta Normal, subiendo ésta a su vehículo, para trasladarla a la comuna de Las Condes. Al llegar a la intersección de calle Lo Espinoza y Carmen Lidia, en la misma comuna de Quinta Normal, el imputado bajo pretexto de que le comprara un jugo, le solicitó a la víctima descender del vehículo, a lo cual esta accedió, momento en el cual el imputado reanudó la marcha, sustrayendo para sí y con ánimo de lucro, la mochila de la víctima, contenedora de su teléfono celular, la suma de cincuenta mil pesos ($50.000) y la documentación personal, especies en total, avaluadas en la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000), con las que huyó del lugar. JOSE RAMON FLORES RAMIREZ Juez Redactor Fecha: 02/10/2021 12:49:28 CWKSWNHMEX MARIA ALEJANDRA CUADRA GALARCE Juez Presidente Fecha: 08/10/2021 08:46:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Calificación Jurídica: Los hechos así descritos configurarían el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado de ejecución CONSUMADO, en virtud de lo establecido en el artículo 7 del Código Penal, y cabiéndole al acusado participación en calidad de AUTOR conforme a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: A juicio de la Fiscalía, respecto del acusado DARCIO ESTEBAN MÉNDEZ CAPOT no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Preceptos legales aplicables: Pa

Fallo

por tanto pide la absolución, pues no se podrá acreditar que el acusado tenía la intención de lucrar con la supuesta sustracción, más allá de la teoría de la defensa que se desplegará durante la audiencia, en el sentido que tanto la supuesta víctima como acusado se conocían previamente. En clausura, el Ministerio Público manifestó que se debe desechar la tesis de la defensa en cuanto denunciante y acusado tendrían una relación y no habría delito, puesto que sólo es un testigo que así lo señala y que dio características genéricas del ofendido, sin aportar mayores detalles, a quien habría visto, según él una o dos veces, no es creíble. Insistió que la prueba reúne el estándar para dar por acreditado el delito, repite los hechos ya conocidos en la acusación, y se dan por concurrentes todas las exigencias del tipo penal de hurto de especie de propiedad de la víctima. A su turno, la defensa en la clausura, insistió que se logró acreditar que el día de los hechos, tanto acusado como denunciante mantenían una relación y ese día sostuvieron una discusión, que la prueba del Ministerio Público no aportó JOSE RAMON FLORES RAMIREZ Juez Redactor Fecha: 02/10/2021 12:49:28 CWKSWNHMEX MARIA ALEJANDRA CUADRA GALARCE Juez Presidente Fecha: 08/10/2021 08:46:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido

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1 ACUSADO : Darcio Esteban Méndez Capot DELITO : Hurto R.U.C. : 1900968117-8 R.I.T. : 253-2021 __________________________________________________________________ _______ SANTIAGO, dos de octubre de dos mil veintiuno. OIDO, VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que el día veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno, ante la Sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago

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