MINISTERIO PUBLICO . . C/ ALEJANDRO SANTIAGO ARRIAGADA SAN MARTÍN
Rol
O-95-2021
Fecha
1 de octubre de 2021
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Hecho I: El día 08 de septiembre del año 2020, en horas de la noche, en la comuna de Yungay, el acusado Javier Israel Arriagada San Martín, ingresó con otro sujeto no identificado a la casa habitación de la víctima doña Gabriela Soto Gacitúa, ubicada en pasaje El Olivo s/n, Villa El Membrillo, comuna de Yungay, escalando el cerco perimetral para luego forzar la ventana de dicha casa por la cual ingresó, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña de un televisor de marca LG de propiedad de la víctima, huyendo del lugar con la especie sustraída. Hecho II: El día 8 de septiembre del año 2020 en horas de la noche en la comuna de Yungay, el acusado Alejandro Santiago Arriagada San Martín, guardaba y poseía y mantenía en el interior de su domicilio ubicado en pasaje El Mañío SXSKWLKHNN Raul Eduardo Romero Saez Juez oral en lo penal Fecha: 01/10/2021 13:23:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 s/n, Villa El Membrillo, de la comuna de Yungay, munición consistente en siete cartuchos calibre 12, todo ello sin contar con las autorizaciones legales para ello. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran en el Hecho 1 el delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº1 del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo código, respecto del acusado JAVIER ARRIAGADA SAN MARTIN; y en el Hecho 2 el delito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de Control de Arm
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que durante los días 24, 27 y 28 de septiembre de 2021, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares Juan Pablo Lagos Ortega, quien la presidió, y Raúl Romero Sáez, como redactor, y por la Juez de Garantía, Sandra Rozas Schuffeneger, en calidad de subrogante, quien se declaró inhabilitada, continuándose de conformidad a lo dispuesto en el artículo 76 del Código Procesal Penal, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de ALEJANDRO SANTIAGO ARRIAGADA SAN MARTÍN, cédula nacional de identidad N°18.155.496-7, de 33 años, soltero, obrero forestal, domiciliado en Pasaje El Roble s/n, Población El Membrillar, Yungay; y JAVIER ISRAEL ARRIAGADA SAN MARTÍN, cédula nacional de identidad N°18.155.497-5, de 29 años, soltero, carpintero, domiciliado en Pasaje El Roble s/n, Población El Membrillar, Yungay. Los acusados fueron representados por la Defensoría Penal Pública, abogada Claudia Espinoza Beltrán, domiciliada en Sargento Aldea N° 94, Chillán. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Mario Lobos Ortiz, domiciliado en Esmeralda N° 675, Yungay. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Hecho I: El día 08 de septiembre del año 2020, en horas de la noche, en la comuna de Yungay, el acusado Javier Israel Arriagada San Martín, ingresó con otro sujeto no identificado a la casa habitación de la víctima doña Gabriela Soto Gacitúa, ubicada en pasaje El Olivo s/n, Villa El Membrillo, comuna de Yungay, escalando el cerco perimetral para luego forzar la ventana de dicha casa por la cual ingresó, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña de un televisor de marca LG de propiedad de la víctima, huyendo del lugar con la especie sustraída. Hecho II: El día 8 de septiembre del año 2020 en horas de la noche en la comuna de Yungay, el acusado Alejandro Santiago Arriagada San Martín, guardaba y poseía y mantenía en el interior de su domicilio ubicado en pasaje El Mañío SXSKWLKHNN Raul Eduardo Romero Saez Juez oral en lo penal Fecha: 01/10/2021 13:23:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 s/n, Villa El Membrillo, de la comuna de Yungay, munición consistente en siete cartuchos calibre 12, todo ello sin contar con las autorizaciones legales para ello. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran en el Hecho 1 el delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado
Fallo
fallo Rol 384- 2020 de la Corte de Apelaciones de esta ciudad y cita fallos de la Corte Suprema roles 127.456-2020; 30.329-2021 y 32.985-2021, indica que el actuar policial está validado por las normas procesales penales y la jurisprudencia. Agrega que, la prueba de descargo no desvirtúa lo probado por el Ministerio Público, el testigo Serbián Godoy se contradice con lo declarado por uno de los acusados, y señaló que cuando el acusado Javier Arriagada sale del domicilio, la testigo Rosa Salazar lo reconoce como el autor del robo del televisor del domicilio de la víctima. Por todo lo anterior, solicita se dicte sentencia condenatoria. SXSKWLKHNN Raul Eduardo Romero Saez Juez oral en lo penal Fecha: 01/10/2021 13:23:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 5 En su alegato de cierre la defensa manifestó que reitera su solicitud de absolución de los acusados. Se planteó la infracción de garantías fundamentales y eso fue probado. La prueba radica en que no existía ninguna autorización por quien dirige la investigación, esto es, el Ministerio Público para que las policías realizarán diversas diligencias de investigaci
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1 C/ ALEJANDRO SANTIAGO ARRIAGADA SAN MARTÍN JAVIER ISRAEL ARRIAGADA SAN MARTÍN ROBO EN LUGAR DESTINADO A LA HABITACIÓN TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES ARTÍCULO 440 Nº1 DEL CÓDIGO PENAL ARTÍCULO 9 DE LA LEY 17.798 RUC 2010047380-2 RIT 95 - 2021 CÓDIGO DELITO: 00809-10011/ Chillán, uno de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que durante los día
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