Juzgado de Garantía de Nueva Imperial.

CARABINEROS DE CHILE C/ CRISTIAN ALEJANDRO BARRA CHANDÍA

Rol

O-1079-2019

Fecha

28 de septiembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que se requirió en procedimiento simplificado al imputado CRISTIAN ALEJANDRO BARRA CHANDIA, cédula de identidad N° 13.085.569-5, 45 años, actualmente sin ocupación, domiciliado en Avenida Alameda Oriente parcela 8, Freire, por los siguientes hechos “El día 10 de julio de 2019, aproximadamente a la 01:30 horas, el requerido CRISTIAN ALEJANDRO BARRA CHANDIA, condujo por Pasaje Uno de la comuna de Teodoro Schmidt, el automóvil marca Chery, modelo IK800, color blanco, placa patente única CCLL-12, en estado de ebriedad, siendo fiscalizado por personal de Carabineros en la intersección de Pasaje Uno con Calle Siete de la misma Comuna, percatándose personal policial del estado etílico en que se desempeñaba el imputado por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Realizada la prueba respiratoria intoxilycer arrojó un resultado de 1,44 gramos por mil de alcohol en la sangre y el informe de alcoholemia un resultado de 1,04 gramos por mil de alcohol en la sangre” A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos constituyen el delito de conducción en estado de ebriedad, previsto en el artículo 110 y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, correspondiéndole al requerido participación en calidad de autor de conformidad al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. En atención a la admisión de responsabilidad efectuada y reconocimiento las atenuantes del artículo 11 nro 6 y 9 del Código Penal en la presente audiencia por el requerido el Ministerio Público solicita se le imponga la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 UTM y suspensión de la licencia de conducir por el término de 2 años. SEGUNDO: Que luego de ser advertido al requerido de todos los derechos que le asisten, en especial de su derecho a un juicio oral, público y contradictorio, éste decidió admitir su responsabilidad en la presente audiencia, tomando conocimiento de los antecedentes reunidos en el curso de la investigación, invocados por el Sr. Fiscal, como fundamento de su pretensión punitiva, consistentes, en la especie en: 1. Parte policial de detenidos N° 104 de fecha 10 de julio de 2019, emanado de la Tenencia de Carabineros de Teodoro Schmidt y RJXXWLFJTG Natalia Estefany Ferrada Retamal Juez de garantía Fecha: 30/09/2021 20:31:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl sus anexos que dan cuenta de los hechos materia de este requerimiento; 2. Declaración de Gabriel Sepúlveda Suazo; 3. Declaración de Cristian Gutiérrez Rodríguez; 4. Declaración de Alexandro Burboa Campos; 5. Formul

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a CRISTIAN ALEJANDRO BARRA CHANDÍA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor del delito de manejo en estado de ebriedad, consumado, hecho perpetrado en la comuna de Teodoro Schmidt el día 10 de julio de 2019. II.- Que la multa impuesta previa sustitución de la multa por días de reclusión al tenor de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, RJXXWLFJTG Natalia Estefany Ferrada Retamal Juez de garantía Fecha: 30/09/2021 20:31:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl se le tendrá por cumplida con el día que ha permanecido privado de libertad, esto es el día 10 de julio de 2019. III.- Que se condena a CRISTIAN ALEJANDRO BARRA CHANDÍA a la pena accesoria SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR, POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, pena que tendrá por cumplida con el tiempo que la licencia se ha encontrado suspendida en la presente causa, desde el dí

Texto Completo (Preview)

Nueva Imperial, veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: PRIMERO: Que se requirió en procedimiento simplificado al imputado CRISTIAN ALEJANDRO BARRA CHANDIA, cédula de identidad N° 13.085.569-5, 45 años, actualmente sin ocupación, domiciliado en Avenida Alameda Oriente parcela 8, Freire, por los siguientes hechos “El día 10 de julio de 2019, aproximadamente a la 01:30

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica