2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VILLAR/HERRERA

Rol

M-3375-2020

Fecha

30 de marzo de 2021

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Al escrito presentado por el apoderado de la parte demandante: a lo principal: por cumplido lo ordenado. Al primer otrosí: por acompañados los documentos. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al escrito presentado por el apoderado de la parte demandada a lo principal: por acompañados los documentos. Al primer otrosí: téngase presente. Al escrito presentado por el apoderado de la parte demandada: Téngase presente. Contestación a la demanda: La parte demandada viene en evacuar el traslado conferido procediendo a contestar la demanda que da origen a éstos antecedentes. Demanda reconvencional: En su contestación de la demanda, la parte demandada viene en deducir demanda reconvencional en contra de la parte demandante. La parte demandada reconvencional (demandante) viene en este acto en evacuar el Traslado conferido procediendo a contestar la demanda reconvencional. El Tribunal lo tiene por contestada. Excepciones: La parte demandada, en su contestación de la demanda, viene en oponer excepción de compensación. Habiendo el Tribunal conferido traslado a la parte demandante para contestar dicha excepción, resuelve dejar su resolución para sentencia definitiva. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación la suma de $440.000. La parte demandante no acepta las bases de conciliación. Por su parte, la demandada señala que no tiene intenciones de conciliación. Fija hechos pacíficos: 1) Existencia de relación laboral iniciada con fecha 09 de octubre de 2019. 2) Término de relación laboral el 24 de agosto de 2020. 3) Remuneración de la demandante de $579.336. 4) Monto de la indemnización sustitu

Fallo

se resuelve: I. Que se acoge la demanda de cobro de prestaciones interpuesta por doña JUANA LUISA VILLAR CAMPOS en contra de doña LUCERO ESTRELLA HERRERA DÍAZ condenándose a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones por el término de la relación laboral ocurrida con fecha 24 de agosto de 2020: 1. la suma de $579.336 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo 2. la suma de $308.979 por concepto de feriado adeudado a la demandante 3. Las sumas ordenadas pagar deberán serlo con reajustes e intereses conforme lo dispone el artículo 63 del Código del trabajo. II. Que se rechaza la excepción de compensación interpuesta por la demandada. III. Que se rechaza la demanda reconvencional interpuesta por la demandada, sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar. IV. Que habiendo tenido motivo plausible para litigar no se condena en costas a la demandada. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don FRANCISCO VEAS VERA, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, treinta de marzo de dos mil veintiuno.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA TREINTA DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES (ZOOM) RUC 20-4-0304748-2 RIT M-3375-2020 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 12:49 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:02 HORAS N° REGISTRO DE

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