MP C/ JUAN ANTONIO ESPINOZA CARRASCO
Rol
O-4022-2019
Fecha
28 de septiembre de 2021
Materia
PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de noviembre del año 2019, a eso de las 2:00 horas, aproximadamente los tres imputados ya individualizados, concurrieron hasta el camino público sector Totihue, ahí a la altura del kilómetro 3 ingresan a las Bodegas de la Empresa Agrosuper, lugar en donde existen cerdos para efectos de la distribución de esta empresa, una vez que los tres imputados llegan hasta el lugar realizan un forado por el deslinde del costado sur del cierre perimetral, realizando un orificio de 90 cm de diámetro, orificio en la malla de alambres, por la cual los tres ingresaron hasta las dependencias de dicho recinto, una vez al interior del establecimiento fueron sorprendidos por el guardia de seguridad quién efectuaba una guardia por los diferentes pasillos de la Industria, guardia de seguridad de iniciales E.A.G.M., una vez que la víctima visualiza la presencia de los tres imputados en el lugar, estos huyen se dan a la fuga siendo perseguidos por la víctima visualizando que estos huyen por el mismo forado por el cual ingresaron, se suben los tres a un vehículo placa patente única DR-5074, StationWagon, marca Subaru, color rojo, el cual se encontraba estacionado el exterior del forado de la malla de cierre perimetral, una vez que estos emprenden su huida, son interceptados por personal policial en las inmediaciones de ese lugar, se les procede un control de identidad y son reconocidos de manera inmediata por parte del denunciante y víctima estos hechos. A la revisión del vehículo el automóvil en el cual se trasladaban los imputados, personal policial encuentra una mochila de color negro, marca New concept, la cual al ser revisada en su interior mantenía un alicate de punta, sin marca, color negro, con empuñadura de goma, un cuchillo marca Disol, con mango de color café de madera, un cuchillo sin marca, con empuñadura de color amarillo y una lima de color negro con amarillo, sin marca, especies que portaban los tres imputados para efectos de cometer ilícitos de robo. Se ag
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a SERGIO ANTONIO VALDES VARGAS, Chileno, nacido el 28 de marzo de 1966, cédula de identidad N° 19.254.711-3, domiciliado en VILLA BICENTENARIO, PASAJE MANUEL GRAN FLORES N° 0691, GRANEROS, por el delito de robo en lugar habitado, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.; y por el delito de portar elementos conocidamente destinados cometer delito robo, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 8º de la ley 18.216, se sustituye las penas impuestas por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo sujetarse el sentenciado a encierro entre las 22:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas de la mañana siguiente en su domicilio, por el tiempo de duración de la condena, ello bajo control de monitoreo telemático, en el evento que exista factibilidad técnica positiva, o bien bajo el control de Carabineros de Chile correspondiente a su domicilio en el evento que se informe desfavorablemente dicha factibilidad. III.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado responsabilidad en los hechos materia de requerimiento ahorrando recursos al erario nacional, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia,
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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