Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ LILIANA VALESCA GUTIÉRREZ QUIÑONES

Rol

O-3771-2019

Fecha

30 de septiembre de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 3771 - 2019 RUC 1900450800-1 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. MYRQWLVZRB Miguel Angel Garcia Herrera Juez de garantía Fecha: 30/09/2021 12:07:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-09-30T12:14:52-0300 Corte Suprema Miguel Angel Garcia Herrera Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 446 N° 3 y 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 10 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a LILIANA VALESCA GUTIÉRREZ QUIÑONES, RUN N° 16.631.487-9, ya individualizado, como autor del delito en grado de tentativa de hurto simple en perjuicio de Supermercado Unimarc, cometido en Puerto Montt el día 26 de abril de 2019, a la PENA de TREINTA y UN DÍAS de PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con uno de los días de detención que le han afectado en la presente causa, correspondiente al día 26 de abril de 2019. II.- Que, se aplica la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por el término de la pena impuesta, debiendo cumplir un total de cuarenta y un horas, con un máximo de 8 horas diarias. Consiste en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad, coordinadas por un delegado de Gendarmería de Chile. El trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por Gendarmería de Chile, pudiendo establecer los convenios que estime pertinentes para tal fin con organismos públicos y

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, treinta de septiembre de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 446 N° 3 y 449 del Código Penal; a

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