MINISTERIO PÙBLICO ANTOFAGASTA C/ KAREN SILVANA ARAYA ARANCIBIA
Rol
O-295-2021
Fecha
29 de septiembre de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constituían el delito consumado de tráfico de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, en el cual a las enjuiciadas les había correspondido participación como autoras según lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, concurriendo a favor de Camila Araya la circunstancia minorante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, en tanto que a Karen Araya le perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N° 16 del citado Código, y conforme a ello, pidió que se le impusiera a esta última la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo y multa de 30 unidades tributarias mensuales. A su turno, para Camila Araya requirió la imposición de la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio y multa de 20 unidades tributarias mensuales. Por último, y respecto de ambas, pidió se impongan además las accesorias legales, el comiso de la especie incautada durante la investigación y el pago de las costas de la causa. El fiscal en su alegato de apertura en síntesis, señaló que con la prueba de cargo podrán acreditar suficientemente los hechos descritos en la acusación así como también la participación que en ellos les corresponde a las encausadas por lo que pide un veredicto condenatorio. Por su parte, en esa misma instancia, la defensora de Karen Araya pidió la absolución por falta de participación, toda vez que Luz Adrina Oliva Chavez Juez Redactor Fecha: 30/09/2021 15:33:21 Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 30/09/2021 15:34:54 JXFSWLFNCF Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Integrante Fecha: 30/09/2021 16:36:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P asc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticuatro del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por el juez presidente Marcelo Echeverría Muñoz e integrada por las juezas Luz Oliva Chávez y Claudia Lewin Arroyo, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral celebrada a través de modalidad telemática mediante la plataforma Zoom, respecto de la causa RIT 295-2021, RUC 1900846844-6, seguida por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga en contra de las acusadas a) KAREN SILVANA ARAYA ARANCIBIA, chilena, C.I. 17.764.907-4, 31 años, nacida en Santiago el 28 de noviembre de 1989, en Santiago, casada, manicurista, domiciliada en calle René Peric N° 1649, departamento 108 de La Serena y para efectos de este juicio el de calle Iquique N° 3040 de esta ciudad; y b) CAMILA JAVIERA ARAYA ARANCIBIA, chilena, C.I. 19.631.947-4, 29 de enero de 1997, 24 años, nacida en Santiago, soltera, embaladora de packing, domiciliada en calle Mar de los Zargazos Sur N° 286, Coquimbo y para efectos de este juicio el de calle Arturo Prat N° 461 oficina 1201 de Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Patricio Martínez Felip, en tanto que la defensa de las acusadas Karen Araya y Camila Araya estuvo a cargo de María Zuleta Álamos y Nelson Valdés Dahmen respectivamente, ambos defensores penales públicos licitados, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Luz Adrina Oliva Chavez Juez Redactor Fecha: 30/09/2021 15:33:21 Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 30/09/2021 15:34:54 JXFSWLFNCF Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Integrante Fecha: 30/09/2021 16:36:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público, tuvo por fundamento los siguientes hechos, conforme a lo indicado en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, con fecha 12 de agosto del año 2021: Conforme denuncias y antecedentes que mantenía la Sección OS7 de Antofagasta, las que indicaban que en el domicilio ubicado en Guayaquil N° 1433 de Antofagasta se estarían dedicando a la venta de drogas, entre ellos una mujer de nombre Karen, es que personal policial efectuó diversas vigilancias a dicho domicilio, el día 16 de octubre del 2019, aproximadamente a las 12:55 horas, se procede a controlar a un tercero, quien momentos antes había llegado a dicho domicilio hasta la puerta del antejardín donde había interactuado con una persona que se encontraba al interior, efectuando un intercambio de especies acción típica a la compra y ven
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 29, 30, 31, 47, 49, 50, 68 y 70 del Código Penal; artículos 47, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 45 de la Ley 20.000; Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a KAREN SILVANA ARAYA ARANCIBIA ya individualizada, a purgar la pena de 3 –TRES- AÑOS Y 1 –UN- DÍA de presidio menor en su grado máximo, y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autora del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, perpetrado el día 16 de octubre de 2019 en esta ciudad. Se le condena además al pago de una multa ascendente a diez unidades tributarias mensuales (10 U.T.M.), autorizándose su pago en diez cuotas iguales y sucesivas de 1 U.T.M., a contar del segundo mes siguiente a que esta sentencia quede ejecutoriada. Si la sentenciada no pagare la multa impuesta, procédase como lo dispone el artículo 49 del Código Penal. Al respecto, se hace presente que la encausada optó por sustituir el pago de la multa por 240 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. II.- Que, SE CONDENA a CAMILA JAVIERA ARAYA ARANCIBIA, ya Luz Adrina Oliva Chavez Juez Redactor Fecha: 30/09/2021 15:33:21 Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 30/09/202
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1 Antofagasta, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticuatro del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por el juez presidente Marcelo Echeverría Muñoz e integrada por las juezas Luz Oliva Chávez y Claudia Lewin Arroyo, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral celebrad
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