MP C/ CLAUDIO ALBERTO RAMOS SEPÚLVEDA
Rol
O-2484-2021
Fecha
28 de septiembre de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 24 de marzo del año 2021 siendo alrededor de las 10:50 horas la víctima de iniciales R.R.C.R. conducía su vehículo marca Jack, color plateado, placa patente GDT-23 por avenida Kennedy en dirección al poniente. Al llegar al semáforo de Avenida Kennedy intersección de calle Samuel Román Rojas, el que enfrenta con luz roja, el afectado detiene la marcha y lo hace detrás de un taxi colectivo, del cual desciende el acusado para luego pasar caminando por el costado lateral derecho del vehículo de la víctima. Luego pasado unos segundos, el acusado abre la puerta al conductor del afectado, conmina a la víctima a bajarse del vehículo, señalándole: “bájate del auto, te voy a cortar y apuñalar y no ando solo”. Luego toma a la víctima desde la polera a la altura del pecho, tirándolo hacia afuera del vehículo logrando sacarlo. El acusado se sube al móvil, se instala en el asiento del conductor, momento en que el afectado se le abalanza logrando sacar las llaves de contacto del vehículo. Se inicia un forcejeo, el acusado reitera las amenazas a la víctima de que lo cortaría y lo apuñalaría. Sentencia: Rancagua, veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en las normas pertinente, se declara: I.- Que se CONDENA A CLAUDIO ALBERTO RAMOS SEPÚLVEDA, ya individualizado, a la PENA DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e Inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 24 de marzo del año 2021. II.- Que no reuniendo los requisitos pertinentes que establece la Ley 18.216, modif
Fundamentos
motivos de arraigo familiar. Una vez que se dé cuenta de la recepción de este oficio deberá fijarse audiencia a la brevedad. Ofíciese además al Complejo Penitenciario Rancagua a fin de solicitar entre tanto se realice la clasificación penal del sentenciado pueda permanecer en el módulo de imputados en que actualmente se encuentra recluido. At: kmv (s.3) JXXRWLZWXC Daniela Ivalou Perez Vivallo Juez de garantía Fecha: 30/09/2021 12:46:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl 2021-09-30T12:46:23-0300 Corte Suprema Daniela Ivalou Perez Vivallo Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A CLAUDIO ALBERTO RAMOS SEPÚLVEDA, ya individualizado, a la PENA DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e Inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 24 de marzo del año 2021. II.- Que no reuniendo los requisitos pertinentes que establece la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, no se le concede pena sustitutiva, debiendo ser la pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo, ordenándose el ingreso una vez quede ejecutoriada la sentencia, sirviéndole de abono al imputado el tiempo que permaneció bajo la medida cautelar de prisión JXXRWLZWXC Daniela Ivalou Perez Vivallo Juez de garantía Fecha: 30/09/2021 12:46:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Audiencia celebrada mediante videoconferencia Juzga
Texto Completo (Preview)
Audiencia celebrada mediante videoconferencia Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno Ruc: 2100283259-0 Rit: 2484 - 2021 Hora Inicio: 12.54 Hora Término: 13.20 Juez: DANIELA IVALOU PÉREZ VIVALLO Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imp
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica