PATRICIA DEL PILAR VERGARA COLLAO C/ LUIS FELIPE TAPIA DÍAZ
Rol
O-2243-2020
Fecha
29 de septiembre de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 17 de junio de 2020, alrededor de las 04.00 horas, el acusado LUIS TAPIA DIAZ se dirigió al domicilio de doña Patricia Vergara Collao, ubicado en Lago Llanquihue N° 2894, Villa Alemana, lugar donde escaló el cierre perimetral y forzó la puerta de la cocina, ingresando al interior siendo sorprendido por la víctima, a quien agrede físicamente con una patada, lanzándola al piso y luego la intimida con un destornillador, exigiéndole le entrega de especies, procediendo a registrar la vivienda y sustraer $ 200.000 pesos en dinero en efectivo y su billetera, saliendo en defensa de la víctima su madre Ana Collao, de 84 años, a quien agredió con golpes de pies, para luego huir del lugar con las especies, saltando la reja y abordando un vehículo que lo esperaba. A raíz de lo anterior, doña Patricia Vergara sufrió traumatismo bitorax, de mediana gravedad. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 18, 25, 30, 50, 68, 69, 70 y 436 inciso 1° del Código Penal, artículos 47, 297, 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 17 de la ley 19.970 y 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS FELIPE TAPIA DIAZ, cédula de identidad Nro. 19.326.405-0, ya individualizado, a la pena corporal de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de Robo con Violencia, descrito y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, y cometido el día 17 de junio de 2020, en esta ciudad de Villa Alemana. YXZNWKDXEP Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 29/09/2021 13:02:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS FELIPE TAPIA DIAZ, cédula de identidad Nro. 19.326.405-0, ya individualizado, a la pena corporal de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de Robo con Violencia, descrito y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, y cometido el día 17 de junio de 2020, en esta ciudad de Villa Alemana. YXZNWKDXEP Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 29/09/2021 13:02:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que la pena deberá ser cumplido en forma efectiva, a continuación de la pena que actualmente cumple. Certifíquense los días de abono. III.- Que se deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970 por parte del Servicio Médico Legal. Toma Muestra genética o ADN. IV.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado por haber renunciado al juicio oral, máximo derecho establecido en su favor en e
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Villa Alemana, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno.-- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Hechos: El día 17 de junio de 2020, alrededor de las 04.00 horas, el acusado LUIS TAPIA DIAZ se dirigió al domicilio de doña Patricia Vergara Collao, ubicado en Lago Llanquih
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