FISCALIA IQUIQUE C/ MAURICIO IGNACIO VELÁSQUEZ MALDONADO
Rol
O-11-2021
Fecha
29 de septiembre de 2021
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS A LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Individualización de intervinientes y lectura de la acusación. Que con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil veintiuno, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los Magistrados, Franco Repetto Contreras, quien presidio, Moisés Pino Pino y Rodrigo Villar Bustamante, en causa Rol Único 1900770468-5 y Rol Interno del Tribunal 11 -2021 el Ministerio Público representado por la fiscal Jocelyn Pacheco Salcedo presentó acusación en contra de Mauricio Ignacio Velásquez Maldonado, cedula de identidad N° 18.263.107-8, chileno, 28 años, nacido el 30 de octubre de 1992, soltero, sin profesión, caleta los verdes casa número 1, kilómetro 21 de la comuna de Iquique, quien se encontraba defendido por la Defensora Penal Pública Carolina Lagos Jorquera, por el delito de hurto simple prescrito y sancionado en el artículo 446 Nº 2 del Código Penal. Los hechos que configuran la acusación son los siguientes: El día 19 de julio de 2019, aproximadamente a las 04:30 horas, los acusados Nelson Francisco Torres Heraldo y Mauricio Ignacio Velásquez Maldonado, previamente concertados para sustraer especies, concurrieron a calle Mejillones a la altura del Nro. 2395, de la comuna de Iquique, lugar en el cual el acusado Velásquez Maldonado ingresó la mitad de su cuerpo por la ventana trasera costado derecho del vehículo estacionado marca Kia, modelo Sorento, P.P.U. JHPP.30 de propiedad de la víctima doña Marcela Choque Gallegos, y sustrajo una caja de herramientas y un notebook marca Dell color blanco con su cargador que se encontraba dentro; todo esto mientras el acusado Torres Heraldo realizaba labores de vigilancia a un costado del vehículo. Sacadas las especies del referido vehículo, el acusado Torres Heraldo ocultó la caja de herramientas dentro de la mochila que portaba consigo; y el acusado Velásquez Maldonado debajo del polerón que vestía mantenía oculto el referido Notebook de la víctima, dándose a la fuga
Fundamentos
considerando circunstancias del hecho y del delito, estimando que se encuentra acreditado el sustrato factico y participación punible, por lo que solicita veredicto condenatorio. TERCERO: Tesis de la defensa. Que la Defensa, señala que corresponde al Ministerio Público acreditar la existencia del hecho punible y participación, sin embargo, su representado quiere prestar declaración, y aportar a esclarecer los hechos, cree que, si bien no discute el hurto, solo se podrá acreditar el numeral 3 del artículo 446 y no del 2. En su clausura menciona que, al inicio del presente juicio, no cuestionan el delito de hurto, que su representado reconoció la sustracción de especies que estaban al interior del vehículo de la afectada, pero cree que solo se configura el N° 3, cuando el valor de la cosa hurtada excede de la media unidad tributaria mensual y no pase de cuatro unidades tributarias mensuales. Sobre la prueba rendirá expone que el primero de los funcionarios dijo no recordar el avalúo, si bien se le exhibe la fotografía no puede dar certeza del mismo modelo del computador, siendo un netbook, Dell, color blanco sin dar mayor detalle para determinar que KRLPWKTLMP Rodrigo Antonio Villar Bustamante Juez Redactor Fecha: 29/09/2021 13:21:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 fuere el mismo del sustraído, además también se trata de un artículo en que no hay certeza que haya sido sustraído, además de ser nuevo, siendo usado, sobre todo si la víctima lo deja en el automóvil en la noche, el segundo fue claro sobre el avalúo de la víctima sobre las especies, fijándolo en $125.000, incluyendo el notebook y caja de herramientas, haciendo avalúo de daños de $80.000, se debe estar al valor de las especies sustraídas, a la fecha de los hechos no superaba las 4 unidades tributarias mensuales, por lo que cree que se ha logrado acreditar el hurto del 446 N°3. CUARTO: Declaración del acusado. Informado de su derecho a guardar silencio Mauricio Ignacio Velásquez Maldonado menciona que el 19 de junio de 2019, iba por progreso con su amigo nelson y vieron un vidrio abierto, mete la mano mientras el miraba sustrajo el notebook, se dirigieron por Valle Verde donde fueron detenidos por carabineros. A su defensa expone que fue el 19 de julio de 2019, no recuerda la hora, pero era de noche, estaba con otra persona, saco el notebook y una cajita de herramientas, luego los pilló más arriba carabineros de Chile, que lo llevaba en la mochila Al término del debate nada añade. QUINTO: Elementos del tipo penal. Que respecto al delito por el cual ha sido acusado el encartado, se encuentra tipificado en los artícu
Fallo
se declara: 1. Que se condena a Mauricio Ignacio Velásquez Maldonado, como autor del delito de hurto, previsto y sancionado en los artículos 446 n°3 del Código Penal, ocurrido en la comuna de Iquique el 19 de julio de 2019 a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión de cargo u oficio publico mientras dure la condena, a la multa de tres (3) unidades tributarias mensuales, sin costas. 2. Que tanto la pena privativa de libertad, como la pecuniaria se darán por cumplidas en base a los días de privación de libertad que han afectado al sentenciado, según se expuso en el basamento decimo cuarto de esta sentencia. Que, al haberse aportado las pruebas visuales, fotográficas y documentales mediante plataforma electrónica, nada se debe devolver. KRLPWKTLMP Rodrigo Antonio Villar Bustamante Juez Redactor Fecha: 29/09/2021 13:21:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 14 Regístrese, remítanse los antecedentes necesarios al tribunal de Garantía para los fines pertinentes, y hecho, archívese. Sentencia redactada por Rodrigo Villar Bust
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1 RUC: 1900770468-5 RIT: 11-2021 ACUSADO: MAURICIO IGNACIO VELÁSQUEZ MALDONADO CEDULA DE IDENTIDAD: 18263107-8 RESOLUCION: SENTENCIA DEFINITIVA Iquique, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y OIDOS A LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Individualización de intervinientes y lectura de la acusación. Que con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil veintiuno, ante este Tribunal de Juic
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