Juzgado de Garantía de Ovalle.

M. PUBLICO C/ DAVID ALEJANDRO NÚÑEZ NÚÑEZ

Rol

O-2580-2021

Fecha

28 de septiembre de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 27/09/2021, alrededor de 13:10 horas, el imputado DAVID ALEJANDRO NÚÑEZ NÚÑEZ, sustrajo del supermecado Acuenta, ubicado en Calle Maestranza N°443 de Ovalle, 8 barras de chocalte “Sahne Nuss” y una botella de licor “baileys”, avaluadas en la suma $26.890, las cuales ocultó entre sus vestimentas, para luego traspasar las lineas de caja, sin pagar su valor comercial, siendo sorprendido por personal de seguridad privada, en los instantes en que se retiraba del referido comercio. Parte resolutiva Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 15, 30, 49, 50, 62, 67, 69, 70 y 446 N°3 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal; ley 18.216, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y por tanto se condena a David Alejandro Núñez Núñez, cédula nacional de identidad N°16.488.244-6, ya individualizado a sufrir la pena de (21) veintiún días de prisión en su grado medio, y multa una (1) unidad tributaria mensual por su participación como autor de un delito de hurto simple, en grado de desarrollo frustrado, hecho perpetrado el día 27 de septiembre de 2021, en el supermercado “Acuenta” de esta ciudad. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de reclusión parcial nocturna, debiendo cumplir una noche de privación de libertad por cada día que se le ha impuesto, en el establecimiento destinado al efecto por Gendarmería de Chile, más cercano a su domicilio, a partir de la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. El sentenciado deberá presentarse para el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, al Centro de cumplimiento penitenciario más cercano a su domicilio, bajo apercibimiento de revocarle ésta y ordenar el cumplimiento efectivo de la

Fallo

se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y por tanto se condena a David Alejandro Núñez Núñez, cédula nacional de identidad N°16.488.244-6, ya individualizado a sufrir la pena de (21) veintiún días de prisión en su grado medio, y multa una (1) unidad tributaria mensual por su participación como autor de un delito de hurto simple, en grado de desarrollo frustrado, hecho perpetrado el día 27 de septiembre de 2021, en el supermercado “Acuenta” de esta ciudad. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de reclusión parcial nocturna, debiendo cumplir una noche de privación de libertad por cada día que se le ha impuesto, en el establecimiento destinado al efecto por Gendarmería de Chile, más cercano a su domicilio, a partir de la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. El sentenciado deberá presentarse para el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, al Centro de cumplimiento penitenciario más cercano a su domicilio, bajo apercibimiento de revocarle ésta y ordenar el cumplimiento efectivo de la pena corporal. III.- Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá, por vía de sustitución, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual. De

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno Magistrado LUIS ALBERTO MUÑOZ CAAMAÑO Fiscal ROCÍO LOURDES VALDIVIA DELGADO Defensor GERARDO ANDRÉS TAGLE SEPÚLVEDA RUC 2110044655-0 RIT 2580 – 2021 Delito Hurto Simple, Art.446 N°3 del Código Penal Participación autor Grado de ejecución frustrado Atenuante(s) No concurre Agravan

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