C/ MATÍAS ENRIQUE FERNÁNDEZ FUENTES
Rol
O-21669-2020
Fecha
28 de septiembre de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439., ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos el sentenciado, se le exime de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha WXXHWKXQYP MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 29/09/2021 13:55:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. VII.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes NO renunciaron a los plazos. Dictada por don MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. WXXHWKXQYP MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 29/09/2021 13:55:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-09-29T13:55:36-0300 Corte Suprema MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Verificación Legal
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a MATÍAS ENRIQUE FERNÁNDEZ FUENTES, ya individualizado, a la pena única de SEIS AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua de derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de los delitos de ROBO CON VIOLENCIA y ROBO CON INTIMIDACIÓN, ambos previstos y sancionados en el artículo 436 inc. 1° del Código Penal, en grado de ejecución de FRUSTRADO por el robo con violencia y CONSUMADO el robo con intimidación, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 16 de diciembre del año 2020. II.- Que, la pena deberá cumplirla de manera efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que ha estado privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, desde el 16 de diciembre de 2020 al día de hoy, totalizando 286 días. III.- Que, se ordena el comiso de las especies incautadas. IV.- Que, se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970. V.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos el sentenciado, se le exime de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha WXXHWKXQYP MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 29/09/2021 13:55:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5
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PROCEDIMIENTO Abreviado. FECHA: Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintiúno. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 2001262265-2 RIT: 21669-2020 IMPUTADO: MATÍAS ENRIQUE FERNÁNDEZ FUENTES C.I. 18.150.896-5 DELITOS - Robo con violencia. - Robo con intimidación. ARTICULO - 436 inc. 1º Código Penal ambos delitos. PARTICIPACIÓN A
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