Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ KATHERINE MARJORIE FLORES MEZA

Rol

O-491-2021

Fecha

28 de septiembre de 2021

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 n°9, 14 n°1, 15 n°1, 18, 21, 22, 24, 26, 31, 49,50, 432, 436 inciso 1 del Código Penal; artículos 47, 297, 406, 409, 411, 412, 413 del Código Procesal Penal; Ley 19.970 ; y Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a KATHERINE MARJORIE FLORES MEZA RUN 15.928.892-7, ya individualizada, a la pena corporal de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su participación en un delito de robo con intimidación consumado cometido el día 25 de febrero del año 2021, en la comuna de Hualpén, en perjuicio de don Kevin Baeza Farías. II.- Se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa. III.- Habida consideración que se reúnen en la especie respecto la sentenciada, los requisitos exigidos por el artículo 15 y 15 BIS de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal que le ha sido impuesta por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA consistente en la sujeción de la condenada al cumplimiento de un programa orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales por el lapso de tres años y un día, conforme al plan de intervención individual que será elaborado por delegado que se le designe y que será ap

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presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano, veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno. Por estas

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