Juzgado de Garantía de La Ligua.

ROBERTO MAURICIO SANTANDER AREJULA C/ HUMBERTO FREDERICK PALACIOS ESPINOZA

Rol

O-1301-2019

Fecha

28 de septiembre de 2021

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 30 de Marzo de 2019, aproximadamente a las 00:35 horas, personal de Carabineros realizaba controles vehiculares selectivos en la Ruta 5 Norte, a la altura del kilómetro 162, dirección sur, de la comuna de La Ligua, fiscalizando el camión marca Sinotruck, modelo Howo A7, patente única DLTF- 71, sorprendiendo al acusado HUMBERTO FREDERICK PALACIOS ESPINOZA, conduciendo, a sabiendas, con licencia de conducir falsificada, otorgada supuestamente por la Ilustre Municipalidad de Maipú.” Que de conformidad con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14, 15 N° 1, 18, 29, 30, 49, 58, 68, 69, y 70 del Código Penal; los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 12, 45, 53, 93, 166, 172, 180, 229, 248, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 192 b) de la Ley 18.290, normas pertinentes de La Ley 18.216,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don HUMBERTO FREDERICK PALACIOS ESPINOZA, cédula de identidad 13.994.192-6, domiciliado en CALLE JARDIN BOTANICO, EL SALTO Nº 21, VIÑA DEL MAR a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS, TRADUCIDO EN LA IMPOSIBILIDAD DE OBTENERLA, en su calidad de autor de un delito de conduccion a sabiendas con licencia de conducir falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 B) de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 30 de marzo de 2019, en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS DE VALPARAISO por el lapso equivalente al de la pena privativa de libertad impuesta en la presente XYQHWKXXXF Margarita del Carmen Riquelme Claveria Juez de garantía Fecha: 28/09/2021 15:00:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021,

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 30 de Marzo de 2019, aproximadamente a las 00:35 horas, personal de Carabineros realizab

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