RODRÍGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Rol
T-127-2019
Fecha
29 de marzo de 2021
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. T-127-2019, R.U.C. 19-4-0173313-5, seguida por vulneración de derechos fundamentales, declaración de relación laboral, indemnizaciones y recargo y en subsidio, declaración de relación laboral, declaración de despido injustificado, indemnizaciones y recargos, solicitado en procedimiento de tutela mediante demanda interpuesta por doña Vanessa Ivonne Camacho Valdivia, abogada, en representación de doña ROXANA RODRIGUEZ CARRASCO, divorciada, independiente, C.I. 12.839.118-5, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Farellones N° 464, Antofagasta dirigida en contra de SERVICIO NACIONAL DE MENORES, Rut 61.008.000-6, persona jurídica de derecho público, centralizada dependiente del Ministerio de Justicia y representada por su Directora Nacional Doña Susana Tondra Mitri, empleada público, con domicilio en Huérfanos 587 Santiago Centro, y en contra del FISCO DE CHILE, RUT 61.006.000-5, representado por el Consejo de Defensa del Estado, entidad a su vez representada por su Procurador Fiscal, don Carlos Bonilla Lanas, ambos con domicilio en calle Arturo Prat N° 482, oficina 301 de Antofagasta. SEGUNDO: Que, la demandante que comenzó a prestar servicios con fecha 09 de junio de 2007, como educadora de trato directo en el CIP CRC Antofagasta y que con fecha 05 de diciembre de 2018, se le notificó que no continuaría prestando servicios en el Centro, atendida la evaluación desfavorable en su desempeño, señalando que se habría presentado 363 minutos atrasada a realizar su funciones, lo que niega puesto que sostiene que existe un error en la Resolución Exenta 3465, y que tal atraso corresponde a un permiso administrativo cuyo respaldo fue extraviado por el servicio. Agrega, que solo quedó sujeta a condicionalidad durante el periodo 2018, atendidas las licencia médicas de que hizo uso luego de la muerte de su padre y por la enfermedad de su madre. Que, con posterioridad a su
Fallo
se resuelve la no prórroga de la contrata de la demandante, fundada en que fue contratada en el servicio para ejercer las funciones de Educador de trato directo en el CIP CRC Antofagasta, quien ha obtenido evaluación deficiente en el desempeño de su cargo, lo que se materializa en presentar 363 minutos de atraso en el periodo, haber sido imputada en causa por hurto 1019-2018, en al que fue absuelta, no obstante existir una causa anterior 12768-2017; añade que en el año 2018, su contratación fue condicionada por la causal de licencias médicas que alteran el presupuesto asignado para reemplazos. DECIMO SEXTO: Que el recurso de reposición que presentó la demandante fue rechazado por medio de resolución exenta N° 3854 de fecha 21 de diciembre de 2018, por no haber desvirtuado por medio de verificadores objetivos para justificar los 176 días de inasistencias contados desde el 30 de septiembre de 2016 al 30 de septiembre de 2018, manteniéndose en el cargo de contrata desde el 09 de junio de 2007. DECIMO SEPTIMO: Que, efectivamente la prestación de servicios a contrata es esencialmente transitoria con duración hasta el 31 de diciembre de cada año y que en la especie, como ha quedado de manifiesto se extendió, a través de sucesivos nombramientos a contrata y sus sucesivas renovaciones, lo que administrativamente trae consigo la legitima expectativa del funcionario en cuanto a que será contratado nuevamente, lo que la doctrina administrativa ha denominado la doctrina de la confianza
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PROCEDIMIENTO: Procedimiento de Tutela MATERIA: Tutela de Derechos Fundamentales y otro DEMANDANTE: Roxana Rodríguez Carrasco DEMANDADO: Servicio Nacional de Menores RUC: 19-4-0173313-5 RIT: T-127-2019 _________________________________________/ Antofagasta, veintinueve de marzo del año dos mil veintiuno. VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta c
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