ICARO SEGURIDAD LIMITADA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO
Rol
I-73-2020
Fecha
29 de marzo de 2021
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a Probar Se fijan los siguientes hechos a probar en el presente juicio: 1. Efectividad de que el ente fiscalizador ha incurrido en un error de hecho al momento de dictar la resolución N° 120 de fecha 24 de abril del año 2020, que se pronuncia sobre la Multa N° 8380/2019/321/1-2. Antecedentes y circunstancias del proceso de fiscalización y sanción. 2. Efectividad de que en el proceso de reconsideración administrativa el reclamante acreditó fehacientemente haber dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales cuya infracción motivó la sanción. Medios de prueba. PARTE DEMANDANTE DE RECLAMACIÓN. Documental: La parte demandante de reclamación ofrece, rinde e incorpora: 1. Copia digital de la Resolución N° 8380/19/321 (sin fecha). 2. Solicitud de Reconsideración de Multa de fecha 10 de marzo de 2020. 3. Resolución N° 120 de fecha 24 de abril de 2020. 4. Carta de Aviso de Término de contrato del trabajador Nelson Núñez Caro de fecha 5 de diciembre de 2019 y comprobante de envío de carta de fecha 6 de diciembre de 2019. 5. Registro de Libro de asistencia del trabajador Nelson Núñez Caro del mes de noviembre del año 2019. 6. Registro de Libro de asistencia del trabajador Nelson Núñez Caro, del mes de diciembre del año 2019. El Tribunal resuelve: Téngase por incorporada la prueba documental de la parte demandante de reclamación. PARTE DEMANDADA DE RECLAMACIÓN. Documental: La parte demandada de reclamación ofrece, rinde e incorpora: 1. Resolución de Multa N° 8380/19/321, de fecha 19 de diciembre de 2019. 2. Formulario de solicitud de recurso administrativo de reconsideración multa N° 8380/19/321 y declaración jurada ambos de fecha 10 de marzo de 2020. 3. Anexo con descargos reconsideración administrativa multa 8380/19/321, de fecha 10 de marzo de 2020. 4. Copia de carta de aviso de término contrato trabajador Nelson Núñez, de fecha 5 de diciembre de 2019 y copia de comprobante envío de correspondencia, Chilexpress, de fecha 6 de diciembre de 2019. 5.
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 31, 33, 420 y siguientes y 506 y siguientes del Código del Trabajo, artículos 31 y 32 del DFL N° 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y artículo 20 del Reglamento 969 de 1933; SE RESUELVE: I. Que, no se hace lugar a dejar sin efecto ninguna de las dos multas aplicadas en la Resolución N° 8380/2019/321, de 19 de diciembre de 2019. II. Que, se mantiene la multa impuesta en el N° 1 de la Resolución N° 8380/2019/321, por ésta ya haber sido rebajada a 0,4 IMM en la Resolución N° 120 de 24 de abril del año 2020. III. Que, se hace lugar a rebajar la multa N° 2 de la Resolución N° 8380/2019/321 de 19 de diciembre del año 2019, que fue confirmada en la Resolución N° 120 de 24 de abril del año 2020, quedando ésta en definitiva en la suma de 20 UTM. IV. Que, cada parte pagará sus propias costas. RIT: I-73-2020 RUC: 20-4-0272986-5 Dictada en audiencia por don JAVIER MORA MÉNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 12:57 horas, se pone término a la audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada por video conferencia mediante plataforma Zoom, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a veintinueve de marzo de dos mil veintiuno.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO PROCEDIMIENTO RECLAMACIÓN DE MULTAS Y DEMÁS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 29 de marzo de 2021. RUC 20-4-0272986-5 RIT I-73-2020 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano SALA VIRTUAL 7 HORA DE INICIO 11:30 horas. HORA DE
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