MP C/ PABLO ANDRÉS MATURANA AMPUERO
Rol
O-51-2021
Fecha
27 de septiembre de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación son los siguientes: A fines del mes de junio de 2018, en horas no determinadas, el imputado Pablo Maturana Ampuero tomó contacto a través de Whatsapp con el imputado Víctor Nicasio Meza Silva, quien realizaba funciones en el área de mantención Chiloé de la empresa “Aqua Chile S.A”, ofreciéndole dinero a cambio de que le entregara información de centros de cultivos de salmones de la empresa con la finalidad de efectuar robos de peces, interesándose el imputado Meza Silva en participar del robo, contactando posteriormente al coimputado Mauricio Andrés Mancilla Mancilla, quien se desempeñaba como operario en la base Melinka de YCWXWJGDXR Monica Gisela Coloma Pulgar Juez oral en lo penal Fecha: 27/09/2021 16:03:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl dicha empresa, ofreciéndole participar en el ilícito, indicándole que tenía un grupo de personas que llegaban a los centros de cultivo, abrían las mallas pajareras y con una malla de lance sustraían los peces que posteriormente vendían de manera informal y que con cuya recaudación, pagarían su colaboración en el robo; interesándose el imputado Mancilla en participar del robo, por lo cual tomó contacto con el coimputado Gabriel Alexis Pacheco Contreras, quien se desempeñaba como operario en el centro “Teresa 2” de la empresa “Aqua Chile S.S”, ofreciéndole colaborar en el ilícito, señalándole que le habían ofrecido dinero para facilitar el ingreso de personas ajenas al centro de cultivo en el cual desempeñaba sus funciones, los cuales sustraerían salmones por medio de una malla pajarera, todo esto con la finalidad de que si estas per
Fundamentos
CONSIDERANDO I.- DE LA ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO. PRIMERO: Que según se desprende de la interlocutoria de apertura de juicio oral, de fecha catorce de julio de dos mil veintiuno, los hechos materia de la acusación son los siguientes: A fines del mes de junio de 2018, en horas no determinadas, el imputado Pablo Maturana Ampuero tomó contacto a través de Whatsapp con el imputado Víctor Nicasio Meza Silva, quien realizaba funciones en el área de mantención Chiloé de la empresa “Aqua Chile S.A”, ofreciéndole dinero a cambio de que le entregara información de centros de cultivos de salmones de la empresa con la finalidad de efectuar robos de peces, interesándose el imputado Meza Silva en participar del robo, contactando posteriormente al coimputado Mauricio Andrés Mancilla Mancilla, quien se desempeñaba como operario en la base Melinka de YCWXWJGDXR Monica Gisela Coloma Pulgar Juez oral en lo penal Fecha: 27/09/2021 16:03:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl dicha empresa, ofreciéndole participar en el ilícito, indicándole que tenía un grupo de personas que llegaban a los centros de cultivo, abrían las mallas pajareras y con una malla de lance sustraían los peces que posteriormente vendían de manera informal y que con cuya recaudación, pagarían su colaboración en el robo; interesándose el imputado Mancilla en participar del robo, por lo cual tomó contacto con el coimputado Gabriel Alexis Pacheco Contreras, quien se desempeñaba como operario en el centro “Teresa 2” de la empresa “Aqua Chile S.S”, ofreciéndole colaborar en el ilícito, señalándole que le habían ofrecido dinero para facilitar el ingreso de personas ajenas al centro de cultivo en el cual desempeñaba sus funciones, los cuales sustraerían salmones por medio de una malla pajarera, todo esto con la finalidad de que si estas personas eran sorprendidas por personal de la empresa, no dieran aviso a las autoridades o encargados del centro de cultivo y así concretar el robo. Así las cosas, el día 06 de julio de 2018, alrededor de las 04:15 horas, los imputados, previamente concertados, facilitaron los medios para coordinar el ingreso de una embarcación al centro de cultivo “Teresa 2”, perteneciente a la empresa “Aqua Chile S.A”, ubicado al Este de Isla Teresa a 25 millas náuticas de Puerto Aguirre en la ciudad de Puerto Aysén; toda vez que el imputado Gabriel Pacheco a través de whatsapp, remitió información del centro de cultivo al imputado Mancilla, indicándole la dotación de personas que se encontraban en el pontón el día de los hechos, cuál era la jaula a la que se le podría sacar pescado, así como también que el centro n
Fallo
se acuerda de qué hizo ese día, solo dice que no tuvo participación en los hechos, así da cuanta la prueba de cargo. Solicita condena en costas, pues no hay ninguna participación como lo refiere la acusación. Nadie vio a las personas que ingresaron. Solicita absolución. En cuanto a la prueba ilícita se remite al alegato de apertura por economía procesal. En la réplica dice que no tiene nada que probar, no puede ser utilizado en su contra el silencio, el que tiene que probar es el fiscal, durante 3 años el fiscal no logra acreditar con certeza o no realiza lo necesario, no pericia el teléfono de Víctor Meza, se conforma con que diga que no tiene teléfono, el fiscal realizaba labores de investigación en el propio juicio oral. Yanko Olmedo realiza la investigación al fiscal, y ni siquiera se logra acreditar lo que dice Yanko Olmedo, que miente respecto del teléfono de Pacheco, porque trabaja para la empresa, YCWXWJGDXR Monica Gisela Coloma Pulgar Juez oral en lo penal Fecha: 27/09/2021 16:03:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl no se puede valorar el documento de Yanko Olmedo, no es auxiliar de administración de
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno. Con fecha veinte de septiembre del presente año, ante la sala única del Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique integrada por los magistrados titulares, Rosalía Edith Mansilla Quiroz, quien la presidió, Pablo Andrés Freire Gavilán y Mónica Gisela Coloma Pulgar, se inició audiencia de juicio oral en los autos RIT Nº51-2021, RUC Nº1800669213
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica