GODOY/NAVETIERRA KM 0 S.A.
Rol
O-5539-2019
Fecha
29 de marzo de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña KATHERINE ANDREA GODOY HERNÁNDEZ, cédula de identidad N°15.436.805-1, en contra de NAVETIERRA KM 0 S.A., RUT: 99.566.450-K, en cuanto se tiene por acreditada la existencia de una relación laboral con la demandada entre el 1 de marzo del año 2017 hasta el 24 de abril del año 2019, fecha la que fue despedida en forma verbal, declarándose también nulo para efectos remuneracionales el despido y como consecuencia de ello se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $824.873.- por feriado legal y proporcional, correspondiente a 48,21 días. b. Las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido ocurrido el día 24 de abril del año 2019, hasta la convalidación del mismo, en los términos que establece el artículo 162 inciso quinto del Código del Trabajo, esto es, hasta que se paguen las cotizaciones previsionales pendientes de pago en AFC Chile, Fonasa y AFP Hábitat, periodos que deberán ser determinados en la etapa de cumplimiento de esta sentencia, todo en base a una remuneración imponible de $376.250.- II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido completamente vencida, al haberse declarado la caducidad de la acción por despido injustificado. IV. Cúmplase con lo dispuesto en esta sentencia dentro de quinto día que se encuentre ejecutoriada, bajo apercibimiento de enviar los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a la parte demandante por notificada de la sentencia dictada en forma íntegra en el registro de audio para efecto del cómputo de los plazos para recurrir, y a la parte demandada por su obligación de comparecer a
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña KATHERINE ANDREA GODOY HERNÁNDEZ, cédula de identidad N°15.436.805-1, en contra de NAVETIERRA KM 0 S.A., RUT: 99.566.450-K, en cuanto se tiene por acreditada la existencia de una relación laboral con la demandada entre el 1 de marzo del año 2017 hasta el 24 de abril del año 2019, fecha la que fue despedida en forma verbal, declarándose también nulo para efectos remuneracionales el despido y como consecuencia de ello se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $824.873.- por feriado legal y proporcional, correspondiente a 48,21 días. b. Las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido ocurrido el día 24 de abril del año 2019, hasta la convalidación del mismo, en los términos que establece el artículo 162 inciso quinto del Código del Trabajo, esto es, hasta que se paguen las cotizaciones previsionales pendientes de pago en AFC Chile, Fonasa y AFP Hábitat, periodos que deberán ser determinados en la etapa de cumplimiento de esta sentencia, todo en base a una remuneración imponible de $376.250.- II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido completamente vencida, al haberse declarado la caducidad de la acción por despido injustificado. IV. Cúmplase con lo dispuesto en esta sentencia dentro de
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE MARZO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 (VIRTUAL) RUC 19-4-0210056-K RIT O-5539-2019 MAGISTRADO MARÍA TERESA QUIROZ ALVARADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS GABRIEL SÁEZ HORA DE INICIO 10:32 HORAS HORA DE TERMINO 10:41 HORAS 1940210056-K -1349-210329-00 PARTE DEMANDANTE (COMP
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