FISCALIA C/ KATIUSKA ANDREA OJEDA ESCOBAR
Rol
O-3306-2019
Fecha
25 de septiembre de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., OBSTRUCCION A LA INVESTIGACIÓN.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, se dio inicio a este juicio oral simplificado efectivo ante este Juzgado de Garantía de Calama, a través de la aplicación zoom, para conocer del requerimiento deducido por el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto, doña MARIA DE LOS ANGELES CACERES TORRES, en representación del titular don MARCELO ALEJANDRO BRAVO VALENZUELA, ambos domiciliados en Granaderos N° 2426 de esta ciudad; en contra de los requeridos doña KATIUSKA ANDREA OJEDA ESCOBAR, cédula de identidad N° 19928312-K, domiciliada en Calle YUNGAY Nº 995, Departamento 402, Quillota, y don CRISTÓBAL ANDRÉS PIZARRO CASTRO, cédula de identidad N° 15683156-5, domiciliado en Calle YUNGAY Nº 995, Departamento 402, Quillota, ambos representado por el Abogado Defensor Privado don CAMILO GUAJARDO JARA. SEGUNDO: Requerimiento: Que se requirió a los imputados por los siguientes Hechos: “El día 21 de abril del año 2019 a eso de las 5:00 horas aproximadamente el imputado Cristóbal Pizarro Castro conducía el vehículo patente FSTZ-78 acompañado por la coimputada Katiuska Ojeda quien iba en la posición de copiloto. En esas condiciones el vehículo guiado por Pizarro Castro transitaba, por avenida Ecuador en dirección al poniente y al llegar a la intersección de calle Balmaceda, en atención al estado de ebriedad en que se encontraba y por no estar atento a las condiciones de tránsito, impactó al móvil patente DTJT.57 que circulaba por avenida Balmaceda causando que este último móvil se desviara de su trayectoria hasta un inmueble ubicado en la esquina ya descrita causando daños en el mismo. Una vez que llega Carabineros al lugar procede a tomar el procedimiento de rigor la imputada Katiuska Andrea Ojeda Escobar les dice a los funcionarios policiales que fue ella quien conducía el vehículo FSTZ-78 razón por la que fue detenida y posteriormente formalizada por el delito de conducción de vehículo motorizado en esta de ebriedad y solicitando el Ministerio Público
Fundamentos
motivos con los que terminan en el accidente. En cuanto a la Defensa: recalca respecto de la dinámica del accidente siempre se ha señalado, por lo que mantiene su alegato anterior. OCTAVO: Valoración de la prueba. Que, comenzando con el análisis de la prueba rendida en éstos autos, en cuanto a la declaración de BASTIAN AHUMADA JARA, quien era el conductor del otro vehículo quien según su dichos su pareja le habría gritado a fin de advertirle respecto del posible choque y que su hermano iba durmiendo quien señala que “no alcanzo a ver quién estaba en el asiento del conductor del vehículo se bajó una señorita, ellos ya estaban abajo, no vio quien bajo del auto, porque estaba preocupado de su pareja (quien se había desmayado)” asimismo reconoce que estaba manejando bajo en estado de ebriedad, por lo que le suspendieron la licencia de conducir y luego reiteró que “No vio quien iba manejando.” Que, la segunda testigo en comparecer a estrados fue YERLEIN MOLINA VALDES, pareja del conductor del otro vehículo, de sus dichos se desprende que viajaba como copiloto, que apenas ocurrido el accidente, al bajarse del vehículo se desmaya, si bien señaló en un primer término que el hombre estaba conduciendo el vehículo, al que reconoce en el zoom, y que vio al imputado, no recuerda el color de los vidrios. Pero luego al final de su declaración señala que “No ve quien iba manejando el vehículo. Ve saliendo al caballero de la puerta del que maneja.” Que, el testigo IGNACIO AHUMADA, quien en su declaración indica que iba durmiendo, y que cuando se bajó del auto, siente que estaban haciendo partir el auto, se pudo a forcejear con el hombre que iba manejando… que cuando despertó y se bajó del auto y lo vio a él, no antes. Que, los testigos, LUIS ALBERTO SOTO SOTO, quien habría sido quien tomo el procedimiento y que ya estaba en el lugar el “teniente Hidalgo”, quien estaba con el imputado, con Cristóbal Pizarro y la señorita Katiuska y otro joven que era conductor del otro móvil, los demás se fueron al Hospital, y que se identifica como conductora la señorita Katiuska, se identifica como conductor un joven que estaba en el lugar, los dos acompañantes se habían ido en ambulancia. Dice que no logra ver la dinámica del accidente y ya estaba alterado el sitio del suceso, ya estaban bomberos, posteriormente a eso, desde el sitio del suceso se trasladó al Hospital con todos los involucrados. En primer instancia, tenía a los dos conductores Katiuska y al otro conductor del otro vehículo y posteriormente se estaban culpando entre los otros ocupantes, en el Hospital comenzaron las acusaciones cruzadas. Que, por su parte el Carabinero IVAN MARTINEZ ESPINOZA, señala que llevo a efecto el sumario en contra de don Cristóbal Pizarro Castro, por lo que se trata de un testigo de oídas, respecto de los dichos de otros supuestos testigos de los hechos investigados en sede administrativa, por lo que su declaración podría corresponder únicamente a una referencia de los dichos de tercer
Fallo
se acuerda es que dieron vueltas y el auto quedo pegado a la pared del chofer, se bajó del auto, no había nadie en la calle, siente que estaban haciendo partir el auto, se pudo a forcejear con el hombre que iba manejando y ve que la polola se desvanece y se azota la cabeza, la endereza, la mujer se iban caminando arrancando, se acerca a ellos, se acerca y les dice que arreglen a la buena, que no llamen a Carabineros, se va en un radiotaxi llega Carabineros y Ambulancia. Se bajó enseguida del auto, vio manejando a Cristóbal Pizarro, no lo conocía de antes, en ese momento todavía estaban en el auto. Les dijo que se devuelva, arreglar entre ellos que “no hubiera cosas legales”. Llegaron solos los Carabineros, la ambulancia también. La pareja de su hermano se desmaya y en ese momento hacen parar un radiotaxi y se van al hospital. Llega Carabineros, se dio cuenta que era oficial, se dio cuenta porque fue raro, llegó la ambulancia y se desmayó. Cristóbal era Carabinero, se fueron encima, así como amigos y a él lo dejaron solo, le decían, que te paso tanto tanto… que hiciste… en ese momento no intercambio palabras, llegó la ambulancia Carabineros al mismo tiempo. Ve que viene la ambulancia y se desmayó, despertó cuando se estaba subiendo a la ambulancia, producto del shock del accidente. Se fueron al Hospital a constatar lesiones, estuvieron hasta las 11 para dar declaraciones, como hasta las 3 de la tarde en la Comisaria, pasaron 12 horas en la Comisaria. Explica que el día del ac
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1 ACTA DE AUDIENCIA LECTURA DE SENTENCIA RIT : 3306 - 2019 RUC : 1900435635-K FECHA : veinticinco de septiembre de dos mil veintiuno HORA INICIO : 15:49 hrs. HORA TÉRMINO : 15:49 hrs. DELITO : Obstruccion a la investigación. JUEZ : PAULINA GOMEZ SALAZAR FISCAL : PRISCILLA GUNARIS BRACAMONTE DEFENSOR : MEI-LING LEE PINEDA RODRIGUEZ IMPUTADO 1 : KATIUSKA ANDREA OJEDA ESCOBAR RUT : 0019928312-K IMPUT
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