Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

MORENO/ARAYA

Rol

M-1137-2019

Fecha

26 de marzo de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Registrado en audio. Traslado a contestación de la demanda, en rebeldía. (Registrado en audio.) Se da por frustrado el trámite de la conciliación, atendido al mérito de lo precedentemente señalado. SOLICITUD DE SENTENCIA INMEDIATA: La parte demandante solicita que atendido la rebeldía de la parte demandada en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7 del Código del Trabajo, se tengan por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demandada. Tribunal provee: En conformidad dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7 del Código del Trabajo, se accede a la petición, y en consecuencia se tienen por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, se omite la recepción de la causa a prueba atendido a que no existen hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, y se procederá a dictar sentencia en esta instancia. (Consta en registro de audio). SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR: La parte demandante a objeto de asegurar el resultado del juicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 444 del Código del Trabajo, solicita se oficie a TRANSBANK S.A., con domicilio en calle Aníbal Pinto N°215, oficina 602, piso 10 de la Comuna de Concepción, a fin de que retenga los estados de pago o cualquier otra suma de dineros que obren en su poder por concepto de contrato de red compra a favor de la demandada doña TAMARA CECILIA ARAYA APABLAZA, RUT: 15.182.512-5, hasta por la suma de $2.111.250.- (dos millones ciento once mil doscientos cincuenta pesos). Y que una vez retenidos sean depositados en la cuenta corriente del Tribunal. (Consta en registro de audio). Tribunal provee: Como se pide, atendido a que del mérito de los antecedentes se logra acreditar razonablemente el fundamento y la necesidad del derecho que se reclama, se hace lugar a la retención de los estados de pago o cualquier otra suma de dineros que obren en poder de TRANSBANK S.A., por concepto de contrato de red compra y que le correspondiere percibir a la demandada TAMARA CECILIA

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 7, 9, 168, 163, 173, 500 a 502 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se hace lugar con costas a la demanda deducida por don PEDRO MARCELO MORENO MEDRANO, en contra de TAMARA CECILIA ARAYA APABLAZA, (RESTAURANTE CAUSA NIKKEI), ya individualizados, en cuanto se declara que entre las partes existió relación laboral entre el 07 de junio y el 07 de julio de 2019, la que término por despido injustificado, y en consecuencia se condena a la demandada al pago de: 1. $750.000.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $750.000.- por remuneración adeudada. 3. $31.250.- por concepto de feriado proporcional. 4. $250.000.- por horas extras. 5. $330.000.- por concepto de gastos. II.- Se deberán enterar, las Cotizaciones de seguridad social: Cotizaciones Previsionales en AFP Hábitat S.A., Cotizaciones de salud en FONASA y Cotizaciones en Cuenta Individual de Cesantía en AFC Chile II S.A., todas correspondientes al periodo comprendido entre el 07 de junio y 07 de julio de 2019. III.- Las sumas indicadas deberán pagarse con los intereses y reajustes señalados en los artículos 63 y/o 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV.- Que las costas personales que la demandada deberá pagar al actor se fijan en $400.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: M-1137-2019 RUC: 19-4-0220338-5 Se deja constancia que la sentencia se dictó verbalmente, que su registro legal es el audio, y que se ha constando e

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom) FECHA 26 de marzo de 2021 RUC 19- 4-0220338-5 RIT M-1137-2019 MAGISTRADO MARCELA ALEJANDRA NORRIS BUSTOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Celia Gayoso Cuevas SALA 7 HORA DE INICIO 11:06 horas HORA DE TERMINO 13:30 hora

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