Juzgado de Garantía de Iquique.

CARABINEROS DE CHILE C/ JESÚS ANTONIO LAZCANO MORAGA

Rol

O-428-2021

Fecha

20 de septiembre de 2021

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 01 de febrero de 2019, alrededor de las 11:20 horas, el requerido JESÚS ANTONIO LAZCANO MORAGA se encontraba Avda. la Tirana intersección calle La Onzana de esta ciudad, y al momento de ver presencia policial comenzó a caminar rápidamente con el fin de eludir el control policial, motivo por el cual fue fiscalizado por funcionarios de carabineros que patrullaban en el lugar y al momento de registrar sus vestimentas encontraron en el bolsillo trasero del pantalón del requerido: 1 cuchillo tipo cocinero con empuñadura de color naranjo marca “Lucero”, por lo que carabineros le realizó un control de identidad en el que el requerido no justifico razonablemente su porte por lo que procedieron a su detención. DELITO PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal. PARTICIPACIÓN: Autor GRADO DE EJECUCIÓN: Consumado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS No concurren SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO SE DECLARA: Que se condena a, JESÚS ANTONIO LAZCANO MORAGA, cédula de identidad N° 0015718296-K, ya individualizado, como autor del delito consumado de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, ocurrido en Iquique el día 01 de febrero de 2019, a sufrir la pena de: YYZDWXRFPS Diego Eduardo Reyes Lopez Juez de garantía Fecha: 23/09/2021 17:53:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer Vencimiento 1/3 UTM Una Debiendo pagar el mes siguiente a que quede ejecutoriada la sentencia. Mediante formulario N° 10 de la Tesorería General de la Repúbli

Fallo

Se declara legal la detención del imputado realizada el día 19 de septiembre de 2021 alrededor de las 12:45 horas. Asimismo, se le apercibe en el domicilio de la defensa de Calle Sotomayor 548, oficina 601 en Iquique, de acuerdo al artículo 26 del Código Procesal Penal. Habiendo admitido responsabilidad, se dicta sentencia condenatoria contra el requerido. REQUERIMIENTO EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 01 de febrero de 2019, alrededor de las 11:20 horas, el requerido JESÚS ANTONIO LAZCANO MORAGA se encontraba Avda. la Tirana intersección calle La Onzana de esta ciudad, y al momento de ver presencia policial comenzó a caminar rápidamente con el fin de eludir el control policial, motivo por el cual fue fiscalizado por funcionarios de carabineros que patrullaban en el lugar y al momento de registrar sus vestimentas encontraron en el bolsillo trasero del pantalón del requerido: 1 cuchillo tipo cocinero con empuñadura de color naranjo marca “Lucero”, por lo que carabineros le realizó un control de identidad en el que el requerido no justifico razonablemente su porte por lo que procedieron a su detención. DELITO PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal. PARTICIPACIÓN: Autor GRADO DE EJECUCIÓN: Consumado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS No concurren SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO SE DECLARA: Que se condena a, JESÚS ANTONIO LAZCANO MORAGA, cédula de identidad N° 0015718296-K, y

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Iquique., veinte de septiembre de dos mil veintiuno Magistrado DIEGO EDUARDO REYES LOPEZ Fiscal MARISEL RAMALLO VELIZ Defensor PAULINA ARACENA ANDIA Hora inicio 14:05PM Hora termino 14:15PM Sala SALA D Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta NRR/crh RUC 1900136308-8 RIT 428 – 2021 DELITO PORTE ILEGAL DE ARMA CORTANTE O PUNZAN

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