MP C/ RODRIGO ALEXIS QUEIPUL MORALES
Rol
O-10541-2019
Fecha
22 de septiembre de 2021
Materia
DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130, POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El 25 de octubre de 2019 alrededor de las 23:40 horas, a raíz de las manifestaciones que se llevan a cabo por el descontento social, en Claro Solar con Avenida Caupolicán de Temuco, el imputado RODRIGO -LEXIS QUEIPUL MORALES, obstaculizó el normal transito vehículos a través de la instalación barricadas, lanzando piedras a Carabineros, además de portar y lanzar en contra del vehículo policial J-845 de Carabineros, una bomba molotov. A raíz de lo anterior el imputado se dio a la fuga, logrando finalmente ser detenido en General Carrera a la altura del Nº 610. Al registro del imputado se encontró una boleadora y una gran cantidad de piedras en sus ropas. Temuco, veintidós de septiembre de dos mil veintiuno Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 15, 68, 69, y 269 del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 2, 3, 9, 10, 12 y 15 de la ley 17.798 y en la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a RODRIGO ALEXIS QUEIPUL MORALES, ya individualizado, como autor de los delitos consumados de DELITO DESORDENES PUBLICOS del artículo 269 del Código Penal y PORTE ILEGAL DE ELEMENTOS INCENDIARIOS, de MXEWXFGGR Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 23/09/2021 15:32:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl artículo 10 inciso 2° en relación al artículo 3 inciso 2° de la ley 17.798, por los hechos ocurridos en la ciudad de
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 15, 68, 69, y 269 del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 2, 3, 9, 10, 12 y 15 de la ley 17.798 y en la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a RODRIGO ALEXIS QUEIPUL MORALES, ya individualizado, como autor de los delitos consumados de DELITO DESORDENES PUBLICOS del artículo 269 del Código Penal y PORTE ILEGAL DE ELEMENTOS INCENDIARIOS, de MXEWXFGGR Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 23/09/2021 15:32:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl artículo 10 inciso 2° en relación al artículo 3 inciso 2° de la ley 17.798, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 25 de octubre de 2019, a la pena única de TRES AÑOS Y DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO. II.- Que se le condena además a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. III.- Que atendido lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 18.216, no se le c
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RESUMEN RIT : 10541 - 2019 RUC : 1901157026-K MATERIA : DESÓRDENES PÚBLICOS DEL ARTÍCULO 269 DEL CÓDIGO PENAL Y PORTE ILEGAL DE ELEMENTOS INCENDIARIOS, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 10 INCISO 2° EN RELACIÓN AL ARTÍCULO 3 INCISO 2° DE LA LEY 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS IMPUTADO : RODRIGO ALEXIS QUEIPUL MORALES CÉDULA DE IDENTIDAD : 0019795312-8 DOMICILIO : Sector Comunidad Temucuicui, Erci
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