C/ RICHARD ANGELO OSORIO CUEVAS
Rol
O-6144-2021
Fecha
20 de septiembre de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento. SEGUNDO: Que el imputado admitió responsabilidad en los hechos señalados en el requerimiento, tras dársele a conocer los derechos que le concede la ley. TERCERO: Que, en consecuencia, se tendrá por establecido que los hechos ocurrieron del modo señalado en el requerimiento, que ellos configuran el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 en relación con el artículo 432 del Código Penal, en grado de consumado, y que al imputado le ha correspondido participación en calidad de autor. CUARTO: Que la defensa del imputado no cuestionó la pretensión punitiva propuesta por el Ministerio Público, solicitando que la pena se tenga por cumplida por el tiempo en que el imputado ha permanecido sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, esto es, desde el día 01 de julio del año 2021 hasta el día de hoy 20 de septiembre del año 2021, petición que no es debatida y que se acogerá en los términos que se indicarán en lo resolutivo del fallo. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14, 15, 25, 30, 50, 68, 432 y 442 N° 1 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara que: I.- Se condena al imputado RICHARD ANGELO OSORIO CUEVAS, ya individualizado, a la pena de ochenta y dos días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo de la condena, más comiso de las especies incautadas, por su participación de autor en el delito consumado de robo en lugar no habitado cometido con fecha 30 de junio del año 2021 en jurisdicción de este Tribunal, pena privativa de libertad que se da por QBGMWXVGMF ALICIA GEMMA ROSENDE SILVA Juez de garantía Fecha: 22/09/2021 14:28:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hi
Fallo
se declara que: I.- Se condena al imputado RICHARD ANGELO OSORIO CUEVAS, ya individualizado, a la pena de ochenta y dos días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo de la condena, más comiso de las especies incautadas, por su participación de autor en el delito consumado de robo en lugar no habitado cometido con fecha 30 de junio del año 2021 en jurisdicción de este Tribunal, pena privativa de libertad que se da por QBGMWXVGMF ALICIA GEMMA ROSENDE SILVA Juez de garantía Fecha: 22/09/2021 14:28:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl cumplida en atención al tiempo en que ha estado sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, esto es, desde el día 01 de julio del año 2021 hasta el día de hoy 20 de septiembre del año 2021. II.- Por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, lo que evitó la realización del juicio, se libera de la condena en costas al sentenciado. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos, quedando ejecutoriada esta sentencia. Cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Proce
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Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintiuno.- OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público requirió en procedimiento simplificado al imputado RICHARD ANGELO OSORIO CUEVAS, Cédula de identidad N° 17.010.693-8, domiciliado en Santa Carolina 1867, comuna de San Bernardo, por la responsabilidad que en calidad de autor le habría correspondido en un delito de
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