Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ ERWIN ALEXANDER ROZAS VARGAS

Rol

O-1701-2021

Fecha

18 de septiembre de 2021

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES GRAVE.ART 196 INC.2LEY.TRANS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos: Primero: Que Juan Pablo Gerli García, fiscal adjunto de Temuco, presentó acusación en contra de Erwin Alexander Rozas Vargas, cédula nacional de identidad N° 18.205.384-8, nacido el día 3 de enero de 1992, se ignora actividad, domiciliado en calle San Martín N°189, comuna de Temuco, representado por el abogado Rafael Elvis Campos Manríquez, a fin que fuera condenado a las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de doce unidades tributarias mensuales y a la inhabilidad para conducir vehículos motorizados por el plazo de cinco años, accesorias legales y costas, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, causando lesiones menos graves, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 111, 196 y 209 de la Ley 18.290. La Fiscalía invocó como circunstancia agravante de responsabilidad penal la establecida en el artículo 12 N°16 del Código Penal, esto es, la reincidencia específica. La acusación se fundamentó en los siguientes hechos: “El día 19 de Febrero de 2021, alrededor de las 07:00 hrs., el acusado Erwin Alexander Rozas Vargas, sin haber obtenido licencia de conducir y encontrándose en estado de ebriedad, condujo el automóvil marca Suzuki, modelo Ignis, placa patente YH-3110, por Avenida Los Poeta, comuna de Temuco, y a la altura del N°249, a raíz de su estado etílico, perdió el control del móvil, chocando contra un poste del alumbrado público. A consecuencia de lo anterior, doña MARIA PAZ CAIPILLAN SANTANA, que venía como acompañante en el vehículo conducido por el acusado, resultó con lesiones consistentes en :luxación acromioclavicular izquierda, traumatismo encéfalo craneano clínicamente de mediada gravedad, que debieron sanar, salvo complicaciones, en 25 a 28 días, con igual período de incapacidad, según el respectivo Informe Médico Legal. El acusado se realizó voluntariamente el examen de alcoholemia, que arrojó un resultado de 1.88 de alcohol en la sangre”. Segundo

Fallo

SE DECLARA: 1.- Que acoge la acusación del ministerio público, solo en cuanto se condena a Erwin Alexander Rozas Vargas, ya individualizado, a cumplir una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de cuatro unidades tributarias mensuales y a la inhabilidad para obtener licencia de conducir por el término de cinco años, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir causando lesiones menos graves, perpetrado en esta ciudad el día 19 de Febrero de 2021, sin costas, por haber aceptado el imputado los hechos materia de la acusación y los antecedentes fundantes de la misma. RGDXWGXXFY Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 18/09/2021 00:26:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2.- Que la pena privativa de libertad deberá ser cumplida por el sentenciado en forma efectiva, por no reunir aquel las exigencias que impone la ley N° 18.216

Texto Completo (Preview)

Temuco, dieciocho de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos y oídos: Primero: Que Juan Pablo Gerli García, fiscal adjunto de Temuco, presentó acusación en contra de Erwin Alexander Rozas Vargas, cédula nacional de identidad N° 18.205.384-8, nacido el día 3 de enero de 1992, se ignora actividad, domiciliado en calle San Martín N°189, comuna de Temuco, representado por el abogado Rafael Elvis Campo

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