MP C/ GIOVANNI ANDRÉS CASTRO MARIHUÁN
Rol
O-55-2021
Fecha
15 de septiembre de 2021
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, según auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de Puente Alto, son los siguientes: “El día 02 de mayo de 2020, alrededor de las 14:10 horas, los imputados al interior del inmueble ubicado en pasaje Estación La Obra Block N° 3458, departamento N° 23, comuna de Puente Alto, lo imputados tenían, poseían o guardaban, sin contar con las competentes autorizaciones, una escopeta hechiza de fabricación artesanal, una escopeta marca Winchester, calibre 12 con su culata recortada, con un cartucho sin percutir en su interior; cinco vainas percutidas; un revólver marca Taurus, calibre 38 especial, serie número 13281, con tres cartuchos en su interior del referido calibre, sin percutir y tres vainillas, conociendo los imputados o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del revólver que mantenían a su disposición.” A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos, son constitutivos de los delitos de Tenencia De Arma De Fuego Prohibida, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación al SFTXWGXFQK GLADYS CAMILA VILLABLANCA MORALES Juez oral en lo penal Fecha: 15/09/2021 18:43:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 de 31 artículo 3 de la Ley 17.798, de un delito de Tenencia Ilegal De Arma De Fuego, previsto y sancionado en el artículo 2 letra b) y 9 de la Ley 17.798 y de un delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, todos en grado de desarrollo de consumado, en los cuales les atribuyó a todos los acusados autoría directa, en los términos de lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agregó qu
Fundamentos
considerando: Primero: Que, los días ocho, nueve y diez de septiembre de dos mil veintiuno, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituido por los jueces titulares Juan Pablo Villavicencio Theoduloz, como presidente de sala, Gladys Camila Villablanca Morales en calidad de redactora y Héctor Ignacio Benavides Silva, como tercero integrante, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a la causa RUC N° 2.000.438.112-3, RIT Nº 55-2021, seguida en contra de los acusados Sebastián Patricio Brizuela Cortés, chileno, cédula nacional de identidad N° 17.665.274-8, nacido el día 8 de febrero de 1991, en Santiago, soltero, comerciante, domiciliado en Pasaje Ten Ten Nº 01174, Villa Chiloé, comuna de Puente Alto, Jimmy Alexis Roa Maldonado, chileno, cédula nacional de identidad N° 17.543.618-9, nacido el día 6 de septiembre de 1989, en Santiago, soltero, comerciante ambulante, domiciliado en calle Albeniz Block N° 3062, departamento 18, Villa Juanita, comuna de Puente Alto y Giovanni Andrés Castro Marihuán, chileno, cédula nacional de identidad N° 19.223.374-7, nacido el día 23 de marzo de 1996, en Puente Alto, soltero, feriante, domiciliado en calle Tocornal N° 881, Villa Los Aromos, comuna de Puente Alto. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el fiscal Cristian Galdames Campos. La defensa del encausado Brizuela Cortés y Roa Maldonado estuvo a cargo del defensor penal público José Henríquez Muñiz y la del acusado Castro Marihuán de los abogados defensores privados Pamela Vergara Castro y Davis Torres Pinto, todos con domicilio ya registrado en el tribunal. Segundo: Que, los hechos materia de la acusación, según auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de Puente Alto, son los siguientes: “El día 02 de mayo de 2020, alrededor de las 14:10 horas, los imputados al interior del inmueble ubicado en pasaje Estación La Obra Block N° 3458, departamento N° 23, comuna de Puente Alto, lo imputados tenían, poseían o guardaban, sin contar con las competentes autorizaciones, una escopeta hechiza de fabricación artesanal, una escopeta marca Winchester, calibre 12 con su culata recortada, con un cartucho sin percutir en su interior; cinco vainas percutidas; un revólver marca Taurus, calibre 38 especial, serie número 13281, con tres cartuchos en su interior del referido calibre, sin percutir y tres vainillas, conociendo los imputados o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del revólver que mantenían a su disposición.” A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos, son constitutivos de los delitos de Tenencia De Arma De Fuego Prohibida, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación al SFTXWGXFQK GLADYS CAMILA VILLABLANCA MORALES Juez oral en lo penal Fecha: 15/09/2021 18:43:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada correspond
Fallo
Por tanto, solicitó la absolución de sus representados. Esta parte no hizo uso de su derecho a replicar. Ante la llamada del tribunal por una posible recalificación de los hechos estimó que cada uno de sus representados deben ser condenados por el arma prohibida y no por el porte de arma simple que está dirigida al imputado que tiene defensa privada. Cuarto: Que, durante la audiencia, específicamente en la oportunidad procesal que prevé el inciso tercero del artículo 326 del Código Procesal Penal, los enjuiciados Sebastián Patricio Brizuela Cortés, Jimmy Alexis Roa Maldonado y Giovanni Andrés Castro Marihuán renunciaron a su derecho a guardar silencio y prestaron declaración. Quinto: Que, con la finalidad de justificar los basamentos fácticos de su acusación, la fiscalía rindió la siguiente prueba de cargo: A.- Prueba Testimonial: 1. Víctor Marcelo Sánchez Pavez, sargento segundo de Carabineros de Chile. 2. Jorge Andrés Navarrete Urra, carabinero de Carabineros de Chile 3. Rodrigo Andrés Ortiz Chaparro, subteniente de Carabineros de Chile 4. Carlos Alberto Vidal Vásquez, sargento segundo de de Carabineros de Chile B.- Prueba Pericial: SFTXWGXFQK GLADYS CAMILA VILLABLANCA MORALES Juez oral en lo penal Fecha: 15/09/2021 18:43:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C o
Texto Completo (Preview)
1 de 31 Puente Alto, quince de septiembre de dos mil veintiuno. Visto, oído y considerando: Primero: Que, los días ocho, nueve y diez de septiembre de dos mil veintiuno, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituido por los jueces titulares Juan Pablo Villavicencio Theoduloz, como presidente de sala, Gladys Camila Villablanca Morales en calidad de redactora y Héctor Igna
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