7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ALEX FABIÁN ARAYA VIVAR

Rol

O-137-2021

Fecha

13 de septiembre de 2021

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 04 de enero de 2021, a las 13:50 horas aproximadamente, en las afueras de la Inspección del Trabajo, a la altura de la intersección de las calles Mac Iver y Moneda, comuna de Santiago, el acusado ALEX FABIAN ARAYA VIVAR le arrebató y sustrajo sorpresivamente de las manos un teléfono celular marca Samsung a la víctima Luis Alejandro Inostroza Oyarce, logrando ser detenido por personal de seguridad ciudadana de la comuna de Santiago. SE RESUELVE: I.- Que se condena a ALEX FABIÁN ARAYA VIVAR ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por un año, pena que deberá presentarse a cumplir al Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado en Calle Santo Domingo N° 1382 comuna Santiago. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse las condiciones impuestas, con UN DÍA de abono que computar. III.- Que le se exime al imputado del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. IV.- Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. NMNVWGXBKR TATIANA ISABEL ESCOBAR MEZA Juez de garantía Fecha: 16/09/2021 12:22:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al ho

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a ALEX FABIÁN ARAYA VIVAR ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por un año, pena que deberá presentarse a cumplir al Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado en Calle Santo Domingo N° 1382 comuna Santiago. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse las condiciones impuestas, con UN DÍA de abono que computar. III.- Que le se exime al imputado del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. IV.- Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. NMNVWGXBKR TATIANA ISABEL ESCOBAR MEZA Juez de garantía Fecha: 16/09/2021 12:22:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem br

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago., trece de septiembre de dos mil veintiuno TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: TATIANA ISABEL ESCOBAR MEZA RUC: 2100008896-7 RIT: 137 - 2021 IMPUTADO: ALEX FABIÁN ARAYA VIVAR C.I. 13.199.464-8 DIRECCION Calle JUSTO PASTOR MELLADO Nº 3647 COMUNA: Recoleta. DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO Artícu

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