C/ GARY FERNANDO BENITES RUBIO
Rol
O-236-2021
Fecha
15 de septiembre de 2021
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación, que se probarán más allá de toda duda razonable, que al imputado le cupo participación en dicho delito. Declararán 2 funcionarios policiales, testigos y aprehensores, pide la condena a las penas de la acusación o lo que el Tribunal determine. Que en su alegato de apertura la defensa indicó que pide la absolución, si bien el Ministerio Público traerá 2 testigos, funcionarios aprehensores del imputado, cuestionará el dolo, elemento volitivo, si bien las placas patentes estaban cubiertas, no han estado ocultas, siempre han estado ahí la delantera o trasera, habrá debate sobre posible alteración, cuestiona el conocimiento, la norma dice “a sabiendas”, requiere dolo directo, el imputado declarará y dirá que el vehículo no era de él, es de un tercero, testigo de la Defensa, Vanessa, fue prestado a él con un objeto, buscar un reparto de comida en la comuna de Quinta Normal, en Dr. Lucas Sierra, el imputado junto con el otro testigo fueron a buscar ese pedido de comida cuando fueron intervenidos por policías de civil, el imputado no sabía de las placas patentes dobladas, fue todo rápido, usó el vehículo para ir a buscar una comida junto con el otro testigo que iba en el vehículo, fueron detenidos porque estaban en cuarentena y ambos andaban sin salvoconducto, fueron detenidos y soltados horas después, no pasó a control de detención, fue citado y ahí supo que iba a ser formalizado por este delito, Vanessa es la dueña del vehículo, ese día se lo pasaron al imputado, por la app Beat, el otro testigo tampoco estaba en conocimiento de la forma en que estaban las placas patentes, el Tribunal sabrá de esto, el imputado no pudo saber ni tenía cómo saber la forma en que estaban ambas placas patentes, por ello pide la absolución. Que en su alegato de clausura el Ministerio Público indicó que al final del juicio el Ministerio Público estime que probaron los hechos de la acusación y por ese delito, se oyeron las declaraciones de ambos funcionarios, declararon d
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que con fecha catorce de septiembre de dos mil veintiuno, ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en Sala –reunida mediante plataforma virtual zoom a raíz de Covid-19- integrada por las juezas doña Nancy Alvarado González, quien presidió, como tercer integrante doña Denisse Eherenfeld Ebbinghaus y en calidad de redactora doña Anaclaudia Gatica Collinet, se efectuó el Juicio Oral Rol Interno N° 236-2021 en contra del acusado Gary Fernando Benites Rubio, de nacionalidad peruana, nacido en Trujillo el 24 de noviembre de 1985, 35 años de edad, soltero, reparador de computadores y celulares, cédula de identidad N° 23.874.958-1, domiciliado calle Conde del Maule Nº 4160, comuna de Estación Central -privado de libertad por causa diversa del 7° Juzgado de Garantía de Santiago-. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por la Fiscal doña Claudia Saldías Salvo, en tanto que la Defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Privada doña María José Bocángel Garrido, ambas con domicilio y forma de notificación ya registrados en este Tribunal. PRIMERO: Acusación. Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el correspondiente auto de apertura, es del tenor siguiente: “El día 18 de septiembre de 2020, a las 18:15 horas aproximadamente, el imputado GARY FERNANDO BENITES RUBIO, condujo a sabiendas el vehículo P.P.U. DKGB-88, marca Chevrolet, modelo Spark GT, por Av. Carrascal en dirección poniente, con su placa patente delantera y trasera dobladas en su extremo izquierdo ocultando las letras DK. Siendo controlado por personal policial en la intersección de dicha Avenida con calle Víctor Hugo, en la comuna de Quinta Normal. El imputado conducía a sabiendas con placas patentes ocultas”. Estos hechos, a juicio del Ministerio Público, son constitutivos del delito de conducir a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290 sobre Tránsito, en grado de desarrollo de consumado, en donde le ha correspondido al acusado participación, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, en calidad de autor del delito materia de la presente acusación, toda vez que tomó parte en la ejecución del hecho de manera inmediata y directa. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, a juicio del Ministerio Público, concurren en la especie circunstancia modificatoria de la ANACLAUDIA GATICA COLLINET Juez Redactor Fecha: 15/09/2021 15:47:28 EGRGWGCNHJ NANCY PAMELA ALVARADO GONZALEZ Juez Presidente Fecha: 15/09/2021 16:04:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás info
Fallo
por tanto acreditado en todas sus partes el hecho traído a juicio. OCTAVO: Calificación jurídica, participación y descarte de tesis de la defensa. Que la descripción fáctica efectuada en la primera parte del numeral anterior resulta legalmente constitutiva del delito de conducir a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290. En efecto, dicho título de castigo consiste en “conducir, a sabiendas, un vehículo con placa patente ocultada…”, satisfaciéndose en el caso todos los requisitos del tipo, a saber, la circunstancia fáctica, de conducir y de hacerlo con la patente cubierta, ocultada, tapada, conforme latamente se explicitara en el motivo anterior, quedó por demás zanjada, toda vez que como quedara anotado, se contó al respecto con testimonial concordante y con gráficas que ANACLAUDIA GATICA COLLINET Juez Redactor Fecha: 15/09/2021 15:47:28 EGRGWGCNHJ NANCY PAMELA ALVARADO GONZALEZ Juez Presidente Fecha: 15/09/2021 16:04:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 dieron cuenta exacta del encubrimiento parcial de las patentes, habiendo sido efectuada dic
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1 Santiago, quince de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Que con fecha catorce de septiembre de dos mil veintiuno, ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en Sala –reunida mediante plataforma virtual zoom a raíz de Covid-19- integrada por las juezas doña Nancy Alvarado González, quien presidió, como tercer integrante doña Deni
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