2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ LUIS SEBASTIÁN AROS ITURRA

Rol

O-169-2021

Fecha

15 de septiembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos antes descritos configuran a juicio de la fiscalía, el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, ilícito previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209, todos de la Ley del Transito N° 18.290. Iter Criminis. MARLENE DENISE LOBOS VARGAS Juez Integrante Fecha: 15/09/2021 14:02:57 XBRMWGWXBJ ALEJANDRA PIA RODRIGUEZ ORO Juez Presidente Fecha: 15/09/2021 15:45:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 El delito por el cual se acusa a don LUIS SEBASTIAN AROS ITURRA, se encuentra conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Código Penal, en grado de ejecución consumado. Participación Criminal. Al acusado le ha cabido participación en el delito investigado en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, por cuanto ha tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa. Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal. Respecto del acusado LUIS SEBASTIAN AROS ITURRA, concurren las siguientes circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal: - Circunstancias atenuantes: concurre la prevista en el Artículo 11 N° 6 del Código Penal. - Circunstancias agravantes: no concurren. Pena solicitada. El Ministerio Público solicita que se aplique al acusado LUIS SEBASTIAN AROS ITURRA las siguientes penas, dos años de presidio menor en su grado medio, las accesorias de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, multa de 5 UTM, la suspensi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, con fecha 13 de septiembre de 2021 ante esta Sala del 2°Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las juezas titulares Alejandra Rodríguez Oro -quien presidió-, Marlene Lobos Vargas y Marianne Barrios Socías, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 169 -2021, RUC 1900658974-2, seguida contra LUIS SEBASTIAN AROS ITURRA, chileno, nacido el 12 de septiembre de 1991, 30 años, cédula nacional de identidad Nº 17.851.997-2, ayudante de cocina, con domicilio en calle Escritor José Santos González N° 2691, Colina, ciudad de Santiago. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de esta ciudad, representado por la Fiscal señora Marianne Monlezun Cunliffe, con domicilio y forma de notificación ya registrado en el tribunal. El acusado fue representado por el Defensor Penal Público señor Andrés Rojas Román, con domicilio y modo de notificación consignado en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el hecho fundante de la acusación fiscal fue el siguiente: “El día 16 de junio del año 2019, a eso de las 01:30 horas aproximadamente, en la Carretera General San Martin KM 3, de la comuna de Quilicura, el acusado LUIS SEBASTIAN AROS ITURRA conducía en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Chevrolet, modelo Sail, placa patente única HZKS.13 y en esas circunstancias, debido a su estado, pierde el control del vehículo, colisionando con la barrera de contención de la autopista. Debido a lo anterior, personal de carabineros concurre al lugar de los hechos,donde procede a fiscalizar al imputado, quienes pudieron constatar su estado de ebriedad debido a su halito alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, producto de lo cual se le realizo examen de alcotest que arrojo 1.10 gramos por mil de alcohol en la sangre. El examen de alcoholemia practicado al imputado arrojo como resultado que este último, presentaba 1.50 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del vehículo según Informe de Alcoholemia N° 18180-19 de fecha 3 de julio del año 2019 del SML.” Calificación Jurídica. Los hechos antes descritos configuran a juicio de la fiscalía, el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, ilícito previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209, todos de la Ley del Transito N° 18.290. Iter Criminis. MARLENE DENISE LOBOS VARGAS Juez Integrante Fecha: 15/09/2021 14:02:57 XBRMWGWXBJ ALEJANDRA PIA RODRIGUEZ ORO Juez Presidente Fecha: 15/09/2021 15:45:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS SEBASTIAN AROS ITURRA ya individualizado, a la pena de 61 (SESENTA Y UN DÍAS) de presidio menor en su grado mínimo, y a la accesoria de MARLENE DENISE LOBOS VARGAS Juez Integrante Fecha: 15/09/2021 14:02:57 XBRMWGWXBJ ALEJANDRA PIA RODRIGUEZ ORO Juez Presidente Fecha: 15/09/2021 15:45:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conductor, previsto y sancionado en el inciso 1° del artículo 196 en relación a los artículos 110 y 209 de la Ley N° 18.290, cometido el día 16 de junio de 2019, en la comuna de Quilicura, ciudad de Santiago. II.- Que se condena al sentenciado, a la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años, si la obtuviere, desde que quede ejecutoriada esta sentencia. III.- Se le condena -además- a pagar una multa de dos (dos) Unidades Tributarias Mensuales, pagaderas en seis mensualidades. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá po

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, quince de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, con fecha 13 de septiembre de 2021 ante esta Sala del 2°Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las juezas titulares Alejandra Rodríguez Oro -quien presidió-, Marlene Lobos Vargas y Marianne Barrios Socías, se llevó a efecto la

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