Juzgado de Garantía de Arica.

MINISTERIO PUBLICO C/ HAROL LAYTON NUÑEZ IZQUIERDO

Rol

O-3431-2021

Fecha

13 de septiembre de 2021

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 23 de Abril de 2021, en horas de la noche, a eso de las 23:40 horas, en el sector de Quebrada Escritos inmediaciones del Faro de la Armada de Chile y el Hito N ° 1, personal de Carabineros sorprenden a los tres acusados ingresando a Chile por paso no habilitado desde el Perú, portando y transportando en mochilas que llevaban consigo, droga, según el siguiente detalle: El acusado HAROL PAYTON NUÑEZ IZQUIERDO transportaba 10 paquetes confeccionados con cinta adhesiva de color azul y nylon transparente, contenedores de 11.740 gramos brutos y un peso neto de 11.050 gramos de cannabis. Por su parte, el acusado JUNIOR JOSÉ TORO GONZÁLEZ transportaba 10 paquetes confeccionados con cinta adhesiva de color azul y nylon transparente, contenedores de 11.540 gramos brutos y un peso neto de 10.800 gramos de cannabis. Finalmente, el acusado JONATAHN MIGUEL QUINTERO QUINTERO transportaba 10 paquetes confeccionados con cinta adhesiva de color azul y nylon transparente, contenedores de 11.510 gramos brutos y un peso neto de 10.800 gramos de cannabis. KDLXWGXRGP Nelson Alejandro Fernandez Gonzalez Juez de garantía Fecha: 16/09/2021 10:24:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Trafico ilícito de drogas (Art. 3). Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Procedimiento ABREVIADO. Arica, trece de septiembre de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, l

Fallo

se declara: I. Que se condena a HAROL LAYTON NUÑEZ IZQUIERDO, cédula de identidad N° 14.880.440-0; a JONATHAN MIGUEL QUINTERO QUINTERO, cédula de identidad N° 14.880.439-7; y a JUNIOR JOSE TORO GONZALEZ, cédula de identidad N° 14.880.438-9; ya individualizados, como autores, del delito consumado de trafico de estupefaciente previsto y sancionado este ilicito artículo 3 en relación con el artículo 1 de la Ley 20.000 sobre drogas, perpetrado en esta comuna de Arica, el dia 23 de abril del año en curso, a sufrir cada uno las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena la inclusión de su huella genética en el registro de la Ley 19.970, eximiéndoseles del pago de las multas y costas. II. Cuanto a las penas privativas de libertad, se concede a los tres sentenciados las penas alternativas del artículo 34 de la Ley 18.216, esto es la expulsión del territorio nacional, con prohibición absoluta del país, por el lapso de 10 años. Dispondrá el Ministerio del Interior y seguridad pública un plazo de cien días para acometer la expulsión de estos ciudadanos extranjeros, permaneciendo en el intertanto bajo la vigilancia de Gendarmería de Chile, esto en el penal de Acha. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal y 38 de la Ley 18.216.- Téngase presente que los intervinientes re

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, trece de septiembre de dos mil veintiuno Magistrado NELSON FERNANDEZ GONZALEZ Fiscal FRANCISCO GANGA DINAMARCA Defensora VIOLETA ALVAREZ RAMIREZ (JONATHAN y JUNIOR) Defensor DIEGO ALVAREZ TRIGO ( HAROL) Tipo de Audiencia Preparación de juicio oral Hora inicio 11:41 Hora termino 12:13 Sala 02 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2110019994-4-992-210

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