Juzgado de Garantía de Valdivia.

RAMON ORESTE ARANCIBIA ORTIZ C/ PAULINO ENRIQUE RIVERA CORTÉS

Rol

O-4761-2020

Fecha

9 de septiembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El 21 de mayo de 2020 alrededor de las 22:30 horas, durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, PAULINO ENRIQUE RIVERA CORTES fue sorprendido por funcionarios del Ejercito, que se encontraba realizando el respectivo control preventivo y fiscalización en horas de toque de queda, específicamente en Avenida Circunvalación esquina Avenida Balmaceda, conduciendo en estado de ebriedad su furgón, marca Fiat, modelo Fiorino, color blanco, Placa Patente Única N° GGXY-58en la vía pública. Por lo que solicitaron la presencia de carabineros, quienes se percataron que el requerido se encontraba bajo los efectos del alcohol, constándole aquello por su fuerte halito alcohólico, realizándole la prueba respiratoria para determinar la presencia del alcohol en la sangre, la cual dio el resultado de 1, 02 gramos por mil de alcohol en la sangre siendo conducido hasta el SAR Barrios bajos, para efectuarle el respectivo examen de sangre, confirmándose el estado de ebriedad del requerido mediante el informe de alcoholemia emitido por Servicio Médico Legal N° 14-ZAL-OH-1112-2020, el cual arrojo como resultado 1,04 gramos por mil de alcohol en la sangre. (sic) Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2000529920-K-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 15 N° 1, 30 y siguientes, 67 y siguientes del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110 inciso segundo y 196 de la Ley N° 18.290 y Ley N° 18.216; se declara: 1. Que se CONDENA a PAULINO ENRIQUE RIVERA CORTÉS, Cédula de Identidad Nº 17.512.232-K, chileno, de 31 años de edad, nacido en la ciudad de Valdivia el día 2 abril de 1990, de oficio carpintero, domiciliado en Calle Londres Nº 449, Huachocopihue, Valdivia, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a pagar una multa de UN

Fallo

Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 15 N° 1, 30 y siguientes, 67 y siguientes del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110 inciso segundo y 196 de la Ley N° 18.290 y Ley N° 18.216; se declara: 1. Que se CONDENA a PAULINO ENRIQUE RIVERA CORTÉS, Cédula de Identidad Nº 17.512.232-K, chileno, de 31 años de edad, nacido en la ciudad de Valdivia el día 2 abril de 1990, de oficio carpintero, domiciliado en Calle Londres Nº 449, Huachocopihue, Valdivia, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a pagar una multa de UNA (1) unidad tributaria mensual a beneficio fiscal, y accesorias de suspensión de cargo u Código: MGYDWFXBMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 110 Inc. 2 y 196 de la Ley N° 18.290, en grado de consumado, cometido el día 21 de mayo de 2020 en esta jurisdicción. 2. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, se sustituye por la pena de remisión condicional de la misma, que deberá ser cumplida en Gendarmería de Chile, con un plazo de observación de un año en el Centro de Reinserción Social de Valdivia, debiendo cumplir las demás exigencias del artículo 4 de la Ley N° 18.216. El se

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, nueve de septiembre de dos mil veintiuno. HECHOS: El 21 de mayo de 2020 alrededor de las 22:30 horas, durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, PAULINO ENRIQUE RIVERA CORTES fue sorprendido por funcionarios del Ejercito, que se encontraba realizando el respectivo control preventivo y fiscalización en horas de toque

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