Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ CLAUDIO ESTEBAN RIQUELME CONTRERAS

Rol

O-32-2020

Fecha

14 de septiembre de 2021

Materia

FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL), OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CLAUDIO ESTEBAN RIQUELME CONTRERAS, cédula de identidad N°0016970573-9, se resuelve en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: El día 07 de enero 2020 aproximadamente a las 20:20 hrs. los funcionarios policiales Erick Baeza Valdes y el carabinero Manuel Rodríguez Navarrete realizan un procedimiento en Calle Marcelo Champagnat a la altura del 1900 en la comuna de Villa Alemana, pasaba por el lugar el imputado Claudio Riquelme Contreras, quien comienza a insultar a los funcionarios policiales señalándoles lo siguiente: “pacos culiados conchas de su madre, hijos de la perra” y al ser requerido por los funcionarios policiales para que aportara su identidad, este se niega a identificarse”. Estos hechos a juicio del Ministerio Publico constituyen las FALTAS del artículo 496 N° 5 (Negación a Identificarse) Y 495 N° 4 (Falta de respeto a la autoridad) del Código Penal, en grado de consumado y en calidad de autor.-

Fallo

se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: El día 07 de enero 2020 aproximadamente a las 20:20 hrs. los funcionarios policiales Erick Baeza Valdes y el carabinero Manuel Rodríguez Navarrete realizan un procedimiento en Calle Marcelo Champagnat a la altura del 1900 en la comuna de Villa Alemana, pasaba por el lugar el imputado Claudio Riquelme Contreras, quien comienza a insultar a los funcionarios policiales señalándoles lo siguiente: “pacos culiados conchas de su madre, hijos de la perra” y al ser requerido por los funcionarios policiales para que aportara su identidad, este se niega a identificarse”. Estos hechos a juicio del Ministerio Publico constituyen las FALTAS del artículo 496 N° 5 (Negación a Identificarse) Y 495 N° 4 (Falta de respeto a la autoridad) del Código Penal, en grado de consumado y en calidad de autor.- Se resuelve: Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no tiene los antecedentes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido quedar por demostrado el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al imputado. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser condenado sino DCXJWGDPVC Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 15/09/2021 08:00:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA T

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, catorce de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CLAUDIO ESTEBAN RIQUELME CONTRERAS, cédula de identidad N°0016970573-9, se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: El día 07 de enero 2020 aproximad

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica