M.P. COQUIMBO C/ IVAN EXEQUIEL ARRIAGADA
Rol
O-834-2021
Fecha
13 de septiembre de 2021
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 10 de febrero de 2021, a las 10:30 horas, aproximadamente, en la vía pública, intersección de las calles Aldunate y Alcalde, comuna de Coquimbo, y mientras era detenido por funcionarios de Carabineros, quienes se encontraban de servicio y en cumplimiento de sus funciones, el imputado Iván Exequiel Arriagada agredió al funcionario José Miguel Pizarro Vega, Cabo 2° de Carabineros, mordiéndolo en su brazo, causándole lesiones consistentes en “mordedura humana en antebrazo izquierdo” lesiones de carácter clínicamente leves.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a trece de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 4, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18 al 21, 30, 50, 67, del Código Penal, 416 bis N° 4 del Código De Justicia Militar, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, 600 del Código Orgánico de Tribunales, 1, 4, 38 de la Ley 18.216, 19 N° 3 de la Constitución Política de Chile, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a IVAN EXEQUIEL ARRIAGADA, a la pena de 41 DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO MIENTRAS DURE LA CONDENA, por su responsabilidad a título de autor de un delito consumado de maltrato de obra a personal de carabineros en funciones con resultado de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 416 bis N° 4 del Código De Justicia Militar, hecho ocurrido el día 10 de febrero de 2021. II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional, por el plazo mínimo de un año, para estos efectos el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Puente Alto, ubicado en calle Balmaceda N° 46, Puente Alto, el día 20 de septiembre entre las 09.00 y las 12.00 del día. En caso de no presentarse se despachará en su contra una orden de detención, sirviéndole de abono en todo caso, los días que estuvo privado de libertad por esta causa, esto es, el 11 de febrero de 2021 y el 13 de septiembre de 2021. III.- Que no se condena en costa al sentenciado. IV.- Ofíciese al Registro Civil al tenor del artículo 38 de la Ley 18.216. NNKQWFE
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: “El día 10 de febrero de 2021, a las 10:30 horas, aproximadamente, en la vía pública, intersección de las calles Aldunate y Alcalde, comuna de Coquimbo, y mientras era detenido por funcionarios de Carabineros, quienes se encontraban de servicio y en cumplimiento de sus funciones, el imputado Iván Exequiel Arriagada agredió al funcionario José Miguel Pizarro Vega, Cabo 2° de Carabineros
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica