CESAR LUIS ALIAGA GOMEZ C/ WALDO ANTONIO ARREDONDO GONZÁLEZ
Rol
O-1299-2021
Fecha
13 de septiembre de 2021
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1,21, 24, 49, 70, del Código Penal. 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 209 de la ley de tránsito 18.290, normas pertinentes de La Ley 18.216,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a don WALDO ANTONIO ARREDONDO GONZÁLEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0016700443-1, DOMICILIADO EN PASAJE MANUEL RAMIREZ Nº 2196, LA RINCONADA, CABILDO. FONO 74141966, a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA (01) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de un delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON SANCIÓN VIGENTE, previsto y sancionado en el artículo 209 de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 20 de marzo del 2021, en la comuna de Cabildo, territorio jurisdiccional de este Tribunal. Se otorga al sentenciado la posibilidad de pagar la multa impuesta en TRES PARCIALIDADES, MENSUALES, IGUALES Y SUCESIVAS de 1/3 de UTM, pagándose la primera de ellas dentro del plazo de 30 días a contar de la fecha en que el presente fallo se encuentre ejecutoriado. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, bajo la modalidad de reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado ubicado en PASAJE MANUEL RAMIREZ Nº 2196, LA RINCONADA, CABILDO, entre las 22 horas de cada día hasta las 06 horas del día siguiente. HTYLWFXXXM GREGOR
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, trece de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1,21, 24, 49, 70, del Código P
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