C/ SERGIO ANDRÉS LÓPEZ ITURRA
Rol
O-9904-2018
Fecha
8 de septiembre de 2021
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El 3 de diciembre de 2018, en horas de la madrugada, desde el interior de la empresa de climatización Frío Cap, ubicada en Vicuña Mackenna 10530 de la comuna de La Florida, sujetos no identificados mediante fuerza sustrajeron una serie de especies, tales como vehículos, impresoras, máquinas de soldar y por lo menos tres equipos de aire acondicionado marca Anwo, modelo 9000 Btv Split muro Eco Inverter, huyendo del lugar. El 7 de diciembre de 2018, el representante legal de la empresa, Carlos Acevedo Flores, a través de su hijo, se percató de que en la página de internet “Yapo.cl” estaban ofreciendo para la venta, de manera informal, los equipos de aire acondicionado sustraídos de su empresa, por parte de un sujeto que se identificaba como “Sergio López”, con quien se contactó, y sostuvo conversaciones vía WhatsApp y telefónicas, acordando reunirse para comprar los equipos en trinidad oriente N°83, comuna de la florida, lugar al que llegó el requerido Sergio Andrés López Iturra, en un vehículo, en el que mantenía en su poder dos de los equipos de aire acondicionado sustraídos, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de las especies, siendo sorprendido en el lugar por personal de la Policía de Investigaciones y detenido. Luego el imputado además voluntariamente, hizo entrega de un tercer equipo de aire acondicionado, que mantenía en su domicilio. SEGUNDO: Que el imputado, previa las advertencias legales, admitió responsabilidad en los hechos que se describen en el requerimiento, por lo que se procedió de conformidad al artículo 395 del Código Procesal Penal. TERCERO: Que no concurren modificatorias de la responsabilidad penal. El sentenciado registra condenas que no impiden la imposición de la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. CUARTO: Que para los efectos de la determinación de la pena que se impone en la parte resolutiva de esta sentencia, se ha tenido presente que el delito se encuentra en grado de consuma
Fallo
SE DECLARA: I. Se condena SERGIO ANDRÉS LÓPEZ ITURRA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, al pago de una multa de cinco unidades tributarias mensuales y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de receptación, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, perpetrado en la comuna de La Florida, el día 3 de diciembre de 2018, sin costas. II. No reuniéndose los requisitos de la Ley 18.216, no se concede al sentenciado la pena sustitutiva alguna, debiendo cumplir la pena efectivamente, abonándose los días 9 de diciembre de 2018 y 17 de mayo de 2020, en que permaneció detenido por esta causa. III. La multa se pagará en 10 parcialidades iguales y sucesivas, debiendo pagarse la primera cuota dentro de los cinco últimos días del mes siguiente a la ejecutoria de la sentencia. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, debiendo remitirse los oficios respectivos. RUC : 1801214161-7 : 9904-2018 Dictada por PATRICIO SOUZA BEJARES. Juez del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. DJKWWFCEYX PATRICIO ROBERTO SOUZA BEJARES Juez de garantía Fecha: 13/09/2021 15:54:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizad
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Santiago, a ocho de septiembre de dos mil veintiuno. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de SERGIO ANDRÉS LÓPEZ ITURRA, cédula de identidad N° 16.698.796-2; domiciliado en Pasaje Punta Hilock Nº 3942, Puente Alto, por los siguientes hechos: El 3 de diciembre de 2018, en horas de la madrugada, desde el interior de la empresa de climatizac
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