Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGAST C/ DAVID FELIPE BARRAZA TEJADA

Rol

O-266-2021

Fecha

11 de septiembre de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha siete del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por los jueces Marcela Mesías Toro, quien la presidió y los jueces Ingrid Castillo Fuenzalida y Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 266-2021, RUC 1901299529-9, seguida en contra del acusado DAVID FELIPE BARRAZA TEJADA, chileno, Cédula Nacional de Identidad N° 15.690.630-1, soltero, 38 años, nacido el 11 de agosto de 1983 en Antofagasta, jornalero independiente, apercibido de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de pasaje Solón Salas N° 8561, Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto don Rodrigo Cuso Segura, mientras que el defensor penal público don Roberto Vega Taucare, actuó en representación del acusado, todos con domicilio y forma de notificación ingresados en la carpeta judicial. Dada la contingencia sanitaria que afecta al país, se resolvió que el juicio se realizara bajo la modalidad de video conferencia, semi presencial, en la plataforma Zoom, encontrándose el imputado en su domicilio, siempre con la posibilidad de conferenciar de manera privada con su abogado, y los testigos declararon desde el tribunal, desarrollándose satisfactoriamente. Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Redactor Fecha: 13/09/2021 15:09:56 Marcela Alejandra Mesias Toro Juez Presidente Fecha: 13/09/2021 19:06:49 MMPMWFXQCV Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Integrante Fecha: 14/09/2021 14:45:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 SEGUNDO: Que, los

Fundamentos

motivos por los cuales hacían dicha afirmación. UNDÉCIMO: Que la presunción de inocencia es un derecho subjetivo público, que se ha elevado a la categoría de derecho humano fundamental que posee su eficacia en un doble plano: por una parte, opera en las situaciones extraprocesales y constituye el derecho a recibir la consideración y el trato de no autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo o análogos a éstos; y por otro lado, el referido derecho opera fundamentalmente en el campo procesal, con influjo decisivo en el régimen jurídico de la prueba. Es decir, la prueba y su consecuente análisis, constituye el pilar fundamental de fundamentación y motivación necesaria para adoptar le decisión, con la prueba se podrá adquirir o no el convencimiento de la verdad o certeza de un hecho. Es el medio que demuestra la responsabilidad o no de una persona en un hecho delictivo, en virtud de la cual el juzgador dicta una sentencia absolviendo o condenando a la persona que durante el proceso penal es considerada inocente. Pues bien, lo cierto es que el Ministerio Público no produjo prueba suficiente en este juicio para llegar a una decisión condenatoria, por las razones ya explicadas y en ese escenario la convicción para un dictamen así por parte del tribunal resultó inexistente, permaneciendo incólume la calidad primaria del acusado, el de inocencia y por ello se dictará sentencia Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Redactor Fecha: 13/09/2021 15:09:56 Marcela Alejandra Mesias Toro Juez Presidente Fecha: 13/09/2021 19:06:49 MMPMWFXQCV Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Integrante Fecha: 14/09/2021 14:45:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 16 absolutoria en su favor. DUODÉCIMO: Que se eximirá al Ministerio Público del pago de las costas de la causa, por estimarse que ha tenido motivo plausible para litigar.

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos artículo 1° en relación al artículo 432 y 440 N° 1 del Código Penal; y artículos 4°, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal SE RESUELVE: I.- Que se absuelve al acusado DAVID FELIPE BARRAZA TEJADA, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público en los que le atribuyó la calidad de autor del delito de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, que habría cometido en esta ciudad, el día 2 de diciembre de 2019. II.- Que se exime al Ministerio Público al pago de las costas de la causa. III.- Sin perjuicio del veredicto absolutorio, asignando la ley, pena aflictiva al delito por el cual se acusó, en su oportunidad, dese cumplimiento a lo ordenado en el artículo 17 de la Ley 18.556 sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral. Ofíciese, en su oportunidad, a los organismos que corresponda para comunicar lo resuelto, y ejecutoriada que sea esta sentencia, comuníquese al Juzgado de Garantía de esta ciudad, de conformidad a los artículos 14 letra f) y 113 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, para los fines que estime Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Redactor Fecha: 13/09/2021 15:09:56 Marcela Alejandra Mesias Toro Juez Presidente Fecha: 13/09/2021 19:06:49 MMPMWFXQCV Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Integrante Fecha: 14/09/2021 14:45:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA EL

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1 Antofagasta, once de septiembre del año dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha siete del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por los jueces Marcela Mesías Toro, quien la presidió y los jueces Ingrid Castillo Fuenzalida y Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 266-2021, RUC 190

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