Juzgado de Garantía de Curico.

MP C/ GUSTAVO ABRAHAN ROJAS GONZÁLEZ

Rol

O-5967-2019

Fecha

7 de septiembre de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1. Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado ELÍAS ALEXIS FLORES MENARES por el delito de TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, fundado en los siguientes hechos: El día 11 de octubre de 2019, alrededor de las 21:32 horas aproximadamente en virtud de orden de entrada y registro dado por el Tribunal de Garantía de Curicó, personal de la Policía Investigaciones ingreso al domicilio del acusado ELIAS FLORES MENARES, ubicado en pasaje Senda 7 número 2343 Población Santa Fe de esta ciudad XGXCWFYXQC Jorge Omar Valenzuela Navarro Juez de garantía Fecha: 13/09/2021 09:08:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl encontrando que este mantenía en el interior de dicho lugar un frasco de vidrio tipo cilindro contenedor de cannabis sativa de 1,2 gramos, diversas bolsas de nylon transparentes, 3 pesas digitales, 39 comprimidos de Éxtasis mdma, $250.000 en dinero efectivo, una planta del género cannabis en etapa de crecimiento, otra suma de $25.000 dinero en efectivo, droga que está destinada(cannabis y éxtasis) a ser distribuida a terceras personas. 2. Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar que se encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 4 de la Ley 20.000. 3. Que, el fiscal en audiencia admite la atenuante del número 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, sin invocar agravantes, por lo que solicita la pena consignada en el acta de esta audiencia. 4. Que la d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 11 N°6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 49, 67 del Código Penal; artículo 4 de la Ley 18.216, y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ELÍAS ALEXIS FLORES MENARES, ya individualizado, como autor del delito de TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, descrito y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, en grado de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional el día 11 de octubre de 2019, a sufrir la pena de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es SUSPENSIÓN PARA CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, al pago de una MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y al COMISO DE LAS ESPECIES Y DINEROS INCAUTADOS EN EL PROCEDIMIENTO, ESTOS ÚLTIMOS LOS CUALES TOTALIZAN LA SUMA DE DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado ELÍAS ALEXIS FLORES MENARES el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del CENTRO DE REINSECICÓN SOCIAL DE CURICÓ, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada Ley. XGXCWFYXQC Jorge Omar Valenzuela Navarro Juez de garantía Fecha: 13/09/2

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, siete de septiembre de dos mil veintiuno Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado ELÍAS ALEXIS FLORES MENARES Cédula de identidad 18.402.469-1 Fecha de nacimiento 18 de junio de 1993 Profesión u oficio No indica Dirección Villa Padre Teodoro, Calle Senda 7 Nº2343, Curicó Delito TRÁFICO DE PEQUEÑAS

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