OSCAR ANIVAL ZAPATA CURRILLANCA C/ ELVIS MISAEL RODRÍGUEZ RIVERA
Rol
O-200-2020
Fecha
7 de septiembre de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte considerativa obra en el registro oficial de audio y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 22, 67 del Código Penal; artículos 196, 110 inciso 2°, 209 inciso 2°, ambos de la Ley N° 18.290, y artículos 45, 248, 259, 388 y 395 del Código Procesal Penal, artículo 4 de la Ley N° 18.216, se declara: I. Que se acoge el requerimiento formulado por el Sr. Fiscal en contra del requerido ELVIS MISAEL RODRÍGUEZ RIVERA, cédula de identidad N° 18.822.968-9, chileno, soltero, nacido el 19.01.1995, cepillador, domiciliado en calle Máximo Olivares Nº 265, Canela Baja, comuna de Canela, teléfono celular +569 6505 9546, correo electrónico rodriguezluis580@gmail.com, y se le CONDENA a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria legal de suspensión de la licencia de conducir por cinco años, multa de 1 unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 110 inciso 2° y 209 inciso 2° del mismo cuerpo, ambos de la Ley de Transito 18.290, por el hecho perpetrado en la comuna de Los Vilos el día 13 de septiembre de 2019. II. Que atendido el mérito de los antecedentes, se le otorgará el pago de la multa en tres parcialidades mensuales iguales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, la primera el mes siguiente a que quede ejecutoriada esta sentencia. Si el imputado no pagaré la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prisión, regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual, sin que pueda exceder de los 6 meses. III. Que se reúnen los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, y se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL DE
Fallo
se declara: I. Que se acoge el requerimiento formulado por el Sr. Fiscal en contra del requerido ELVIS MISAEL RODRÍGUEZ RIVERA, cédula de identidad N° 18.822.968-9, chileno, soltero, nacido el 19.01.1995, cepillador, domiciliado en calle Máximo Olivares Nº 265, Canela Baja, comuna de Canela, teléfono celular +569 6505 9546, correo electrónico rodriguezluis580@gmail.com, y se le CONDENA a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria legal de suspensión de la licencia de conducir por cinco años, multa de 1 unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 110 inciso 2° y 209 inciso 2° del mismo cuerpo, ambos de la Ley de Transito 18.290, por el hecho perpetrado en la comuna de Los Vilos el día 13 de septiembre de 2019. II. Que atendido el mérito de los antecedentes, se le otorgará el pago de la multa en tres parcialidades mensuales iguales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, la primera el mes siguiente a que quede ejecutoriada esta sentencia. Si el imputado no pagaré la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prisión, regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual, sin que pueda exceder de los 6 meses. III. Que se reúnen los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, y se sustituye el cumplimient
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Los Vilos, a siete de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte considerativa obra en el registro oficial de audio y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 22, 67 del Código Penal; artículos 196, 110 inciso 2°, 209 inciso 2°, ambos de la Ley N° 18.290, y artículos 45, 248, 2
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