Juzgado de Garantía de Graneros.

MP C/ ARIEL ALEJANDRO MORALES SEGURA

Rol

O-1797-2020

Fecha

10 de septiembre de 2021

Materia

CONSUMO/PORTE DE DROGAS EN LUGARES CALIFICADOS (ART. 51)., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 10 julio año 2020 alrededor de la 00:50 horas , circunstancias que el personal policial efectuaba un patrullaje preventivo en camino Real y al llegar a intersección en calle Liquidámbar de la comuna de Graneros, sorprenden al vehículo placa patente única UB-3012 MARCA KIA, en cuyo interior se encontraban los requeridos DIEGO CAYUPAN JARA y ARIEL MORALES SEGURA, quienes al percatarse de la presencia policial, comenzaron a descender el vehículo, con la finalidad de evadir el control policial, momentos en que el acusado ARIEL MORALES SEGURA arroja por la ventana del vehículo un paquete de nylon color naranja a la vía publica el cual contenía 25 envoltorios de papel blanco cuadriculados los que contenía una sustancia de color beige de similares características a la pasta de cocaína, con un peso bruto de 3 gramos 400 miligramos. Además el paquete contenía un cargador de teléfono celular marca Samsung adosado a dos piedras. Al registrar el automóvil se incautó en la cajuela del freno de mano un paquete de tipo envoltorio artesanal color negro el cual mantenía adosado piedras y en su interior un teléfono celular marca Nokia color negro, el que mantenía adosado en su carcasa 6 chips de distintas compañías. Carabineros les consultó si tenían salvo conducto a lo cual ellos manifestando que no llevaban salvo conducto o permiso para transitar a esa horas de la noche. Procedimiento Abreviado: Graneros, diez de septiembre de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a ARIEL ALEJANDRO MORALES SEGURA, cédula de identidad N° 0018834024-5 y DIEGO NICOLAS CAYUPAN JARA, cédula de identidad N° 19592742-1, ya individualizados, a la pena de una multa de una (1) Unidad tributaria mensual cada uno. Por su responsabilidad en calidad de autores de la

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a ARIEL ALEJANDRO MORALES SEGURA, cédula de identidad N° 0018834024-5 y DIEGO NICOLAS CAYUPAN JARA, cédula de identidad N° 19592742-1, ya individualizados, a la pena de una multa de una (1) Unidad tributaria mensual cada uno. Por su responsabilidad en calidad de autores de la falta de consumo de drogas, hecho cometido en el día 10 de julio de 2020, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se absuelve a ARIEL ALEJANDRO MORALES SEGURA, cédula de identidad N° 0018834024-5 y DIEGO NICOLAS CAYUPAN JARA, cédula de identidad N° 19592742-1, ya individualizados de la infracción del artículo 318. III.- Que, para el pago de la multa impuesta se conceden a los sentenciados 4 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de 1/4 Unidad Tributaria Mensual, debiendo pagar en moneda nacional al valor que la UTM tenía en el mes de julio de 2020, enterando la primera de ellas 27 de septiembre de 2021. DXRRWEEQBZ Ruben Hernan Donoso Paredes Juez de garantía Fecha: 11/09/2021 11:48:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horao

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA diez de septiembre de dos mil veintiuno Ruc: 2010035634-2 Rit: 1797 - 2020 Hora Inicio: 11.00 Hora Término: 11.09 Juez: Rubén Hernán Donoso Paredes Tipo De Audiencia: Procedimiento Abreviado Delito: Falta De Consumo De Droga, Infraccion articulo 318. Imputado: Ariel Ale

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