MIN.PUBLICO C/ VÍCTOR ANDRÉS CANALES HERNÁNDEZ
Rol
O-93-2021
Fecha
10 de septiembre de 2021
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 25 de julio de 2019, alrededor de las 20:00 horas, un funcionario del Os7 de Valparaíso, debidamente autorizado para actuar como agente revelador, llegó hasta el domicilio ubicado en Pasaje Las Pataguas, Block 20, Dpto 14, Cerro Placeres, Valparaíso, tomando contacto con el acusado VÍCTOR ANDRÉS CANALES HERNÁNDEZ, quién, a cambio de la suma de 2.000 pesos, le entregó 02 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 300 milígramos de pasta base de cocaína. Ante esta flagrancia, funcionarios policiales ingresaron a las 20:30 horas al domicilio antes señalado, sorprendiendo al imputado Canales Hernández cuando lanzaba a la taza del baño una cantidad indeterminada de envoltorios de papel blanco cuadriculado, activando la cadena de descarga, logrando recuperar 17 envoltorios contenedores de 9 gramos 300 milígramos de pasta base de cocaína. Encontrando luego, en el dormitorio del acusado, en una repisa, 01 bolsa de nylon color blanco contenedora de 48 gramos 100 miligramos de pasta base de cocaína, además de la suma de 35.000 pesos en dinero en efectivo, entre los que se encontraba el billete utilizado por el agente revelador. Además, en la misma habitación, en un mueble de madera, se encontró una escopeta sin marca, doble cañón, calibre 16, que se mantenía con encargo por robo, y 03 cartuchos sin percutir, calibre 16. Sin contar el imputado con autorización alguna para ello, ni respecto a la droga ni al arma y municiones.” Según la Fiscalía, tales hechos son constitutivos de los delitos de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000 y porte ilegal de arma de fuego y porte ilegal de municiones, previstos y sancionados los últimos en el artículo 9 en XGXPWEFFXV Claudio Patricio Martinez Milet Juez Redactor Fecha: 10/09/2021 15:42:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septie
Fundamentos
CONSIDERANDO QUE: PRIMERO: Antecedentes. El día siete de septiembre del año en curso ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por los Jueces, don Leonardo Aravena Reyes quien la presidió, doña Maureen Darrouy Palacios y don Claudio Martínez Milet, se llevó vía remota conforme a las normas de la ley 21.226 a efecto el juicio oral R.I.T. N°93-2021, seguido en contra de VÍCTOR ANDRÉS CANALES HERNÁNDEZ, cédula de identidad 19.617.454-0, nacido en Viña del Mar el 7 de septiembre de 1997, 24 años de edad, trabajador de botillería, vendedor, primero medio, soltero, domiciliado en pasaje Las Pataguas, Block 20, departamento 14, Cerro Los Placeres, Valparaíso; asistido por el abogado defensor penal privado don Óscar Castro Vila, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. Fue parte acusadora el Ministerio Público de Valparaíso, representado por la Fiscal doña María Loreto Herrmann Cortés, domiciliada en Molina N° 150, de esta ciudad. SEGUNDO: Acusación. El Ministerio Público sostuvo en su acusación los siguientes hechos: “El día 25 de julio de 2019, alrededor de las 20:00 horas, un funcionario del Os7 de Valparaíso, debidamente autorizado para actuar como agente revelador, llegó hasta el domicilio ubicado en Pasaje Las Pataguas, Block 20, Dpto 14, Cerro Placeres, Valparaíso, tomando contacto con el acusado VÍCTOR ANDRÉS CANALES HERNÁNDEZ, quién, a cambio de la suma de 2.000 pesos, le entregó 02 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 300 milígramos de pasta base de cocaína. Ante esta flagrancia, funcionarios policiales ingresaron a las 20:30 horas al domicilio antes señalado, sorprendiendo al imputado Canales Hernández cuando lanzaba a la taza del baño una cantidad indeterminada de envoltorios de papel blanco cuadriculado, activando la cadena de descarga, logrando recuperar 17 envoltorios contenedores de 9 gramos 300 milígramos de pasta base de cocaína. Encontrando luego, en el dormitorio del acusado, en una repisa, 01 bolsa de nylon color blanco contenedora de 48 gramos 100 miligramos de pasta base de cocaína, además de la suma de 35.000 pesos en dinero en efectivo, entre los que se encontraba el billete utilizado por el agente revelador. Además, en la misma habitación, en un mueble de madera, se encontró una escopeta sin marca, doble cañón, calibre 16, que se mantenía con encargo por robo, y 03 cartuchos sin percutir, calibre 16. Sin contar el imputado con autorización alguna para ello, ni respecto a la droga ni al arma y municiones.” Según la Fiscalía, tales hechos son constitutivos de los delitos de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000 y porte ilegal de arma de fuego y porte ilegal de municiones, previstos y sancionados los últimos en el artículo 9 en XGXPWEFFXV Claudio Patricio Martinez Milet Juez Redactor Fecha: 10/09/2021 15:42:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO E
Fallo
Por tanto, se han tenido por acreditados los presupuestos fácticos necesarios, concurriendo en el juicio que nos ocupa todos los requisitos legales para estar frente al tipo penal que nos convoca, esto es, el delito previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley Nº20.000, ya que se logró probar la concurrencia de los elementos objetivos y subjetivos del mencionado delito respecto de los dos acusados separadamente. B.- En cuanto al delito de tenencia ilegal de municiones: Este delito se ha tenido por acreditado con el cúmulo de probanzas de cargo que se rindieron ante estrados. En efecto, se logró demostrar que ella mantenía en su poder en su domicilio, tres cartuchos balísticos de diferentes marcas, calibre 16, aptos para su uso de acuerdo a lo manifestado XGXPWEFFXV Claudio Patricio Martinez Milet Juez Redactor Fecha: 10/09/2021 15:42:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 16 por el perito Boris Neira Henríquez, elementos respecto de los cuales, según se acreditó con el Oficio 6442/3206/2019 de la Autoridad Fiscalizadora N°21 de Carabineros de Chile-Valparaíso, consultada la base d
Texto Completo (Preview)
1 MINISTERIO PÚBLICO CONTRA VÍCTOR ANDRÉS CANALES HERNÁNDEZ DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, TENENCIA ILEGAL DE ARMAS Y MUNICIONES. R.U.C. N° 1900796220-K. R.I.T. N° 93-2021. ______________________________________________/ Valparaíso, diez de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO QUE: PRIMERO: Antecedentes. El día siete de septiembre del año en curso ante esta Sala del
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica