Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

LUIS MIGUEL CAÑOLES MONTOYA C/ LUIS ALEJANDRO OYARZO LIENLAF

Rol

O-3881-2020

Fecha

7 de septiembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 16 de Mayo del año 2020, alrededor de las 15:58 horas, el imputado Luis Alejandro Oyarzo Lienlaf condujo en estado de ebriedad el automóvil tipo camioneta, marca Nissan, modelo Terrano, placa patente DSFR-70, en calle San Martin esquina Balmaceda, de la comuna de Fresia, lo que constó a los funcionarios de Carabineros que lo fiscalizaron en dicha intersección, por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencias al hablar e inestabilidad al caminar, realizada la prueba respiratoria, esta arrojo que el imputado al momento de la conducción mantenía en su organismo 2,35 gramos por mil de alcohol en la sangre y ratificada la ebriedad del imputado Oyarzo Lienlaf, mediante informe de alcoholemia del Servicio Médico Legal de Puerto Montt, el que arrojó como resultado tres coma diez (3,10) gramos por mil de alcohol en la sangre. Puerto Varas, a siete de septiembre de dos mil veintiuno. Se declara: I.- Que SE CONDENA LUIS ALEJANDRO OYARZO LIENLAF, Cédula de identidad N°16.525.952-1, domiciliado en calle isla Caullahuapi N° 270, Portal del Sur, comuna de Puerto Montt, teléfono 977516064, correo electrónico loyarzo1986@gmail.com, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° de la ley 18.290 en relación a los artículos 110 de la misma ley, ocurrido en Fresia el 16 de mayo del año 2020, a la pena de 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MINIMO, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, MULTA DE DOS UTM y suspensión para obtener licencia de conducir por dos años. II.- Que, por cumplir los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por REMISIÓN CONDICIONAL por el plazo de UN AÑO, sujeto al control de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Puerto Montt, debiendo además cumplir con el art. 5

Fallo

Se declara: I.- Que SE CONDENA LUIS ALEJANDRO OYARZO LIENLAF, Cédula de identidad N°16.525.952-1, domiciliado en calle isla Caullahuapi N° 270, Portal del Sur, comuna de Puerto Montt, teléfono 977516064, correo electrónico loyarzo1986@gmail.com, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° de la ley 18.290 en relación a los artículos 110 de la misma ley, ocurrido en Fresia el 16 de mayo del año 2020, a la pena de 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MINIMO, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, MULTA DE DOS UTM y suspensión para obtener licencia de conducir por dos años. II.- Que, por cumplir los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por REMISIÓN CONDICIONAL por el plazo de UN AÑO, sujeto al control de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Puerto Montt, debiendo además cumplir con el art. 5 de la citada ley. El condenado debe comunicarse dentro de los 5 días siguientes que esta sentencia esté firme y ejecutoriada al Centro de Reinserción Social, bajo BMTMWECSWF Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 09/09/2021 12:49:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la ho

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos: El día 16 de Mayo del año 2020, alrededor de las 15:58 horas, el imputado Luis Alejandro Oyarzo Lienlaf condujo en estado de ebriedad el automóvil tipo camioneta, marca Nissan, modelo Terrano, placa patente DSFR-70, en calle San Martin esquina Balmaceda, de la comuna de Fresia, lo que constó a los funcionarios de Carabineros que lo fiscalizaron en dicha

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica