C/ JAVIER IGNACIO VIDAL SALAMANCA
Rol
O-140-2021
Fecha
8 de septiembre de 2021
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 15 de junio de 2020, aproximadamente a las 12.35 horas, en el paradero de buses del Transantiago, en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins con Avenida Matucana, en la comuna de Estación Central, los acusados JAVIER IGNACIO VIDAL SALAMANCA, y THOMAS IGNACIO BARRAZA VALLADARES, y el imputado Jean Rodrigo Velozo Bustamante, previamente concertados, al momento de detenerse el bus del Transantiago del recorrido Nº 407, el acusado Vidal Salamanca se subió por la puerta central del bus de la locomoción colectiva y procedió a sustraerle sorpresivamente desde las manos un teléfono celular a la víctima K .V. S. A., la cual se encontraba sentada en el primer asiento del costado derecho del bus, momentos en los cuales el acusado Vidal Salamanca desciende del bus rápidamente para huir por Avenida Libertador Bernardo O´Higgins en dirección al oriente, momentos en que el acusado Barraza Valladares y el imputado Velozo Bustamante, le SILVANA VERONICA VERA RIQUELME Juez Redactor Fecha: 08/09/2021 12:16:35 ERICK HUMBERTO ARAVENA IBARRA Juez Presidente Fecha: 08/09/2021 17:33:56 RQDNWFJXCY CAROLINA PAZ ESCANDON COX Juez Integrante Fecha: 14/09/2021 21:04:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 obstaculizan el paso a la víctima para evitar que ésta siguiera al acusado que le arrebató el celular a la víctima, siendo detenidos los 3 sujetos con la especie de propiedad de la víctima en las manos del acusado Vidal Salamanca”. A juicio del Ministerio Público, se configura el ilícito de robo por sorpresa, previsto en el artículo 436 inciso 2° en relación con el artículo 432, todas disposiciones del Código Penal
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, el día tres de septiembre del año en curso, ante este Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por don Erick Aravena Ibarra en calidad de Presidente, doña Silvana Verónica Vera Riquelme como Redactora -subrogando legalmente- y doña Carolina Escandón Cox como Tercer Juez Integrante, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT N°140-2021, RUC N° 2.000.605.246-1, seguida contra JAVIER IGNACIO VIDAL SALAMANCA, chileno, cédula nacional de identidad N° 20.478.929-0, nacido el 4 de agosto del año 2000, 21 años de edad, soltero, comerciante, fija domicilio en Calle Chacabuco Nº 49, comuna de Santiago Centro, representado por el Abogado Defensor Penal Público don Gonzalo García Acevedo, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Ernesto González Durán, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que, la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento los siguientes hechos: “El día 15 de junio de 2020, aproximadamente a las 12.35 horas, en el paradero de buses del Transantiago, en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins con Avenida Matucana, en la comuna de Estación Central, los acusados JAVIER IGNACIO VIDAL SALAMANCA, y THOMAS IGNACIO BARRAZA VALLADARES, y el imputado Jean Rodrigo Velozo Bustamante, previamente concertados, al momento de detenerse el bus del Transantiago del recorrido Nº 407, el acusado Vidal Salamanca se subió por la puerta central del bus de la locomoción colectiva y procedió a sustraerle sorpresivamente desde las manos un teléfono celular a la víctima K .V. S. A., la cual se encontraba sentada en el primer asiento del costado derecho del bus, momentos en los cuales el acusado Vidal Salamanca desciende del bus rápidamente para huir por Avenida Libertador Bernardo O´Higgins en dirección al oriente, momentos en que el acusado Barraza Valladares y el imputado Velozo Bustamante, le SILVANA VERONICA VERA RIQUELME Juez Redactor Fecha: 08/09/2021 12:16:35 ERICK HUMBERTO ARAVENA IBARRA Juez Presidente Fecha: 08/09/2021 17:33:56 RQDNWFJXCY CAROLINA PAZ ESCANDON COX Juez Integrante Fecha: 14/09/2021 21:04:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 obstaculizan el paso a la víctima para evitar que ésta siguiera al acusado que le arrebató el celular a la víctima, siendo detenidos los 3 sujetos con la especie de propiedad de la víctima en las manos del acusado Vidal Salamanca”. A juicio del Ministerio Público, se configura el ilícito de robo por sorpresa, p
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9,14 N° 1, 15 Nº 1, 18, 24, 25, 30, 50, 432, 436 inciso 2°, y 449 del Código Penal; 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; Ley N° 18.556 y artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales; SE DECLARA que: I.- Se CONDENA a JAVIER IGNACIO VIDAL SALAMANCA, ya individualizado, como AUTOR DEL DELITO DE ROBO POR SORPRESA EN GRADO DE CONSUMADO, perpetrado el día 15 de junio de 2020, en la comuna de Estación Central, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más las accesorias de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, SIN COSTAS. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, por el lapso de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ JAVIER IGNACIO VIDAL SALAMANCA. DELITO : ROBO POR SORPRESA. RUC : N° 2.000.605.246-1 RIT : N° 140-2021. Santiago, ocho de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, el día tres de septiembre del año en curso, ante este Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por don Erick Aravena Ibarra en cali
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