ANESTHOR/TRANSBIAGA CHILE SPA
Rol
M-6-2021
Fecha
22 de marzo de 2021
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X · RINDE PRUEBA DEMANDANTE · DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA DEMANDANTE X · DICTACIÓN DE SENTENCIA X A la hora señalada se da inicio a la audiencia virtual con la comparecencia: Comparece el abogado RAÚL CANDIA PÉREZ, en representación del demandante don LUCKMANE ANESTHOR. El Tribunal deja constancia que habiéndose efectuado los llamados de rigor en la antesala del tribunal, la demandada, no ha comparecido al juicio encontrándose válidamente notificada con fecha 15 de febrero de 2021. Conciliación: Atendida la rebeldía de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. HECHOS CONTROVERTIDOS: · Efectividad de encontrase pagad el saldo adeudado de las remuneraciones del mes de noviembre de 2020 del trabajador demandante y también los días adeudados por concepto de feriado proporcional. En su defecto, monto al que ascenderían estas pretensiones. PRUEBA RENDIDA POR EL DEMANDANTE: Documental 1) Contrato de trabajo. 2) Acta de Comparendo de Conciliación ante la Inspección del Trabajo, de fecha 23 de diciembre de 2020. 3) Cuatro anexos de contrato de trabajo. 4) Liquidación de remuneración del mes de julio de 2020. 5) Certificado de Cotizaciones de Seguro de Cesantía (AFC). 6) Certificado de Cotizaciones de AFP Provida. 7) Certificado de Cotizaciones de FONASA. Dictación de Sentencia: Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la E. Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio correspondiente, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 63, 173, 420, 453 y siguientes, 496 y siguiente del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por don LUCKMANE ANESTHOR en contra de TRANSBIAGA CHILE SPA., ambos
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 63, 173, 420, 453 y siguientes, 496 y siguiente del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por don LUCKMANE ANESTHOR en contra de TRANSBIAGA CHILE SPA., ambos ya individualizados precedentemente, y en consecuencia la demanda deberá pagar al demandante los siguientes rubros: 1) la suma de $428.760.-, por concepto de saldo de remuneración del mes de noviembre de 2020. 2) La suma de $84.778.-, por concepto de saldo de feriado legal proporcional del periodo desde el 20 de febrero de 2020 hasta el 03 de diciembre de 2020 (7,79 días). II.- Que las cantidades antes indicadas experimentaran los aumentos que sean procedentes conforme lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas al demandado las que se fijan en la suma de $50.000. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC 21-4-0319455-4 RIT M-6-2021 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DON CLAUDIO ALEJANDRO CAMPOS CARRASCO. JUEZ TITULAR DEL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE ANGOL. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Angol, veintidós de marzo de dos mil veintiuno.
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 22 de marzo de 2021 RUC 21-4-0319455-4 RIT M-6-2021 COD. L052 MAGISTRADO CLAUDIO CAMPOS CARRASCO ADMINISTRATIVO PROVEEDOR Alex Quiroz Cisterna HORA DE INICIO 09:30 horas HORA DE TÉRMINO 10:10 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0319455-4-204 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE LUCKMANE ANESTHOR, cédula de identidad No. 26.375.160-4
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