Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

AVÍCOLA MONTSERRAT LIMITADA/GARCÍA

Rol

I-7-2021

Fecha

22 de marzo de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no discutidos: 1.- Que esta causa trata de una reclamación de reconsideración de multa que se origina en la multa N° 7838/19/44 y que es resuelta con la resolución de reconsideración N° 416. Cuarto: Que se fijaron como hechos sustanciales pertinentes y controvertidos los siguientes: Hechos a probar: 1.- Efectividad de haberse fundamentado debidamente por el inspector provincial del trabajo la resolución de reconsideración de multa que se pronunció sobre la multa 7838/19/44. 2.- Efectividad de ser coherente la fundamentación de la reclamación de multa con la multa originaria. 3.- Efectividad de existir error de hecho en la aplicación de la multa 7838/19/44. 4.- En caso de haber existido infracción, efectividad de haberse corregido esta. 5.- Quantum del monto a aplicar como sanción de acuerdo al mérito de los hechos. Quinto: Que, para ello la reclamante se valió de la siguiente prueba: Pruebas incorporadas por la reclamante: Documental: 1.- Resolución de multa número 7838/29/44 de fecha 20 de junio de 2019 y sobre en donde estaba contenida. 2.- Formulario para solicitar reconsideración de multa con timbre de recepción 13 de agosto de 2019. 3.- Reconsideración de multa número 7838/29/44 con documentos acompañados a la solicitud: - Imagen página web de Correos de Chile en que consta notificación de la multa. - Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad Avícola Montserrat Ltda. - Acuse de recibo de Reglamento Interno suscrito por Jeremías Lizana - Acuse de recibo de Reglamento Interno suscrito por Felipe Villagra - Acuse de recibo de Reglamento Interno suscrito por Diego Muñoz - Acuse de recibo de Reglamento Interno suscrito por Camila Riquelme - Informe de asistencia semanal del 10 de junio al 16 de junio de 2019 de Jeremías Lizana - Informe de asistencia semanal del 10 de junio al 16 de junio de 2019 de Diego Muñoz - Informe de asistencia semanal del 10 de junio al 16 de junio de 2019 de Camila Riquelme - Informe de asistencia semanal del 10 de junio

Fundamentos

considerando: Primero: Que, Pedro Matamala Souper, en representación de Avícola Montserrat Limitada, Rut: 81.256.700-4, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Bellet Nº 444, oficina 1401, Providencia, ciudad de Santiago, viene en deducir reclamación judicial en juicio del trabajo en procedimiento monitorio, dirigida en contra de don Víctor García Guíñez, Jefe Inspección Provincial del Trabajo Temuco, quien dictó la resolución número 416, que motiva este recurso, domiciliado en Arturo Prat Nº 841, esquina San Martín, Temuco, por las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que relata en su libelo y pide; 1. Que, se acoge la presente reclamación, declarando la nulidad de la notificación de la resolución N° 416. 2. Que, se deja sin efecto la resolución N° 416 de fecha 06 de noviembre de 2019, y por ende que se deja sin efecto la resolución de multa Nº 7838/19/44, con costas. 3. En subsidio, que se acoge la presente reclamación, y se deja sin efecto la resolución N° 416 de fecha 06 de noviembre de 2019, y

Fallo

se declara en su lugar, que se rebaja la cuantía de la resolución de multa N° 7838/19/44, al monto que S.S. determine, con costas. Segundo: Que por su parte la reclamada viene en contestar, opone la excepción de caducidad de la acción, se da traslado y se resuelve. Resuelve excepción de caducidad: El Tribunal atendido lo expuesto por las partes y teniendo en consideración lo señalado por la parte reclamante y lo indicado en el formulario F-10 de la propia Inspección del Trabajo, en el cual se indica que los trámites a que den lugar la reclamación que formuló la reclamante en este caso serán notificados al domicilio allí consignado y habiéndose consignado un domicilio distinto al cual se le envió la notificación se entiende que no se hizo en forma correcta la notificación de acuerdo justamente a lo que fue informado en su oportunidad por la propia Inspección del Trabajo. Por lo tanto, no se darían los requisitos de caducidad, a lo que se suma que la reclamante ha demostrado que el conocimiento de la resolución recién lo vino a conocer cuando pidió por Ley de Trasparencia los documentos, y en ese momento ya regía la Ley 21.226 que suspendió los plazos legales de reclamación, por lo tanto, se encuentra dentro de los plazos para reclamar, ya que, la reclamación fue interpuesta el 03 de marzo de 2021. Por lo anteriormente expuesto es entonces que se rechaza excepción de caducidad en relación a la solicitud de reclamación judicial ante este Tribunal, encontrándose dentro de plazo

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: Rit: I-7-2021.- Ruc: 21-4-0323062-3.- Temuco, veintidós de marzo de dos mil veintiuno. Visto, oído y considerando: Primero: Que, Pedro Matamala Souper, en representación de Avícola Montserrat Limitada, Rut: 81.256.700-4, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Bellet Nº 444, oficina 1401, Providencia, ciudad de Santiago, viene en deducir r

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