14º Juzgado de Garantía de Santiago

ERICK ABRAHAM TRANGOL LEVANCINI C/ FELIPE IGNACIO PARRA PONCE

Rol

O-7106-2020

Fecha

3 de agosto de 2021

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra del imputado, fundándolo en que el día 29 de Agosto del 2020, a eso de las 09.25 horas, la victima Eric Abraham Trangol Levancini, el cual realiza labores de comerciante, se encontraba en su puesto de trabajo descargando mercadería, ubicado en Av. Vicuña Mackenna Poniente 7210, comuna de La Florida, instantes en que llega el requerido FELIPE IGNACIO PARRA PONCE ,el cual se apoya en la puerta del vehículo , mirando a la víctima, y al solicitarle ésta que se TMKWWDKZTJ CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 07/09/2021 14:58:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl retirara, el imputado regresa con una piedra, arrojándola al parabrisas delantero de su furgón PPU FWCH-32, MARCA PEUGEOT MODELO EXPERT, COLOR BLANCO, AÑO 2013, “causando daño en propiedad ajena”, resultando trisado, avaluando dicho daño en $500.000.- (quinientos mil pesos) , para luego ambos, proceder a trenzarse a golpes resultando la victima Eric Trangol Levancini lesionado, con “laceración en región frontal, laceración en oreja, excoriación en pecho”, de carácter leve, de acuerdo a Dato de atención de urgencia del Sapu Villa O’Higgins de fecha 29 de agosto 2020. Se hace presente que el imputado se encontraba en el lugar, sin el permiso respectivo, contraviniendo con su actuar, las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad de salud en virtud del brote de COVID-19, plasmadas en resolución exenta N°203 de fecha 24 de marzo de 2020, publicada en el diario oficial con fecha 25 de marzo de 2020 y resolución exenta N°327 de fecha 06 de Mayo de 2020, publicada en el diario oficial con fecha 07 de Mayo de 2020 y sus posteriores actualizaciones. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos del delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal y de una falta de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal, en grado de consumados. Al requerido se le atribuye participación en calidad de autor ejecutor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, según el Ministerio Público, concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 11 N°9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial. TMKWWDKZTJ CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 07/09/2021 14:58:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano estab

Fallo

se declara: se declara: I.- Que, se condena a FELIPE IGNACIO PARRA PONCE, ya individualizado, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, al ser considerado autor ejecutor del delito daños, perpetrado en la comuna de La Florida el día 29 de agosto del 2020. II.- Que, se condena a FELIPE IGNACIO PARRA PONCE, ya individualizado, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, al ser considerado autor ejecutor de una falta consumada de lesiones leves, perpetrada en la comuna de La Florida el día 29 de agosto del 2020. III.- Que, la pena de multa por los daños se le tendrá por pagada con la detención del día 29 de agosto del 2020. IV.- Que, la multa impuesta por las lesiones deberá ser pagada dentro de los primeros cinco días del mes siguiente de ejecutoriado este fallo. Si no la pagare sufrirá por vía de sustitución o apremio la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. V.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas. TMKWWDKZTJ CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 07/09/2021 14:58:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación c

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C/ FELIPE IGNACIO PARRA PONCE. RIT: 7106-2020. RUC: 2000883708-3. DAÑOS y LESIONES LEVES. Santiago, tres de agosto del 2021. Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 3 de agosto del 2021 se celebró audiencia de procedimiento simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 7106-2020, seguida contra FELIPE IGNACIO PARRA PONCE, cédula de identi

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